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Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 ...

Publicado el 03/02/2011 (Nº 26)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADOS DE LO SOCIAL. JUZGADO NUM. 2

Texto completo:

Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 20/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Víctor Miguel Roldán Grima contra la empresa Los Arcángeles San Miguel, San Gabriel y San Rafael, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Auto. - Magistrado-juez don César de Tomás Fanjul. - En Zaragoza a 18 de enero de 2011. Parte dispositiva: Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 22 de noviembre de 2010 a favor de la parte ejecutante Víctor Miguel Roldán Grima frente a Los Arcángeles San Miguel, San Gabriel y San Rafael, S.L., parte ejecutada, por importe de 1.085,04 euros en concepto de principal, más otros 130 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe». «Decreto. Secretaria judicial: Doña María Pilar Zapata Camacho. Zaragoza a 18 de enero de 2011. Parte dispositiva: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 186 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta de Banesto 4914000064002011, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirse tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formado dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los órganos autónomos dependiente de ellos. El/la secretario/a judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de al oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Los Arcángeles San Miguel, San Gabriel y San Rafael, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a dieciocho de enero de dos mil once. - La secretaria judicial, Pilar Zapata Camacho.