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Por resolución de Alcaldía de fecha 2 de marzo de 2011 se aprobó la contratación ...

Publicado el 27/04/2011 (Nº 93)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: ILLUECA

Texto completo:

Por resolución de Alcaldía de fecha 2 de marzo de 2011 se aprobó la contratación de una plaza denominada maestro/a especialista en Educación Infantil o profesor de EGB especialista en Preescolar, de régimen laboral temporal, que se convoca mediante concurso. Asimismo se publican las bases reguladoras de las pruebas selectivas: Bases generales de la convocatoria 1.ª Normas generales. - Es objeto de las presentes bases la contratación de un maestro/a especialista en Educación Infantil o profesor de EGB especialista en Preescolar, personal laboral temporal, mediante concurso de valoración de méritos. Al presente concurso de valoración de méritos le será de aplicación lo previsto en el artículo 177 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 91 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; disposición adicional segunda del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que se refiere a personal laboral, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado. 2.ª Modalidad del contrato. - La modalidad del contrato es la de sustitución de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, regulada por el artículo 15.1 c) del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El carácter del contrato será temporal, coincidiendo con el período subvencionado del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Illueca en materia de educación infantil de primer ciclo, que comprenderá los meses de enero a diciembre Las condiciones serán las establecidas en el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Illueca en materia de educación infantil de primer ciclo. Concretamente: -La jornada de trabajo será de treinta y dos horas semanales, fijando como días de descanso el sábado y el domingo. -Se fija una retribución neta según convenio. 3.ª Condiciones de admisión de aspirantes. - Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima distinta de la edad de jubilación forzosa para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleado público. e) Poseer la titulación exigida. 4.ª Forma y plazo de presentación de instancias. - Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso para la plaza que se opte, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las bases generales que se adjuntan a este expediente, se dirigirán al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Illueca y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio que contenga el extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOPZ y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y un extracto de la misma en el "Boletín Oficial del Estado". La solicitud deberá ir acompañada por: -Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, pasaporte. -Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria, así como de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados. 5.ª Admisión de aspirantes. - Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOPZ y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el BOPZ y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar para entrevista personal de trabajo. 6.ª Tribunal calificador. - Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. Los tribunales calificadores estarán constituidos por: -Presidente. -Secretario. -Vocales que determine la convocatoria. La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 7.ª Sistemas de selección y desarrollo de los procesos. Procedimiento de selección: El procedimiento de selección de los aspirantes constará de la siguiente fase: -Concurso. Fase de concurso: Se valorarán en la fase de concurso los méritos que se aleguen y justifiquen documentalmente y que serán: Méritos computables: a) Formación: -Por poseer el título de FP1 rama administrativa, 2 puntos. -Cursos de formación relacionados con la materia (diplomatura), 3 puntos. -Entrevista personal, con un máximo de 7 puntos. Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. b) Experiencia: -A 0,10 puntos por cada mes de servicio en puestos similares, con un máximo de 3,6 puntos (por servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos similares). En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 8.ª Relación de aprobados, presentación de documentos y formalización del contrato. - Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al presidente de la Corporación para que proceda al nombramiento del candidato propuesto y a la formalización del correspondiente contrato. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publique en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. 9.ª Incidencias. - Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la jurisdicción social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el BOPZ (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y sus correspondientes bases en el BOPZ, así como el anuncio conteniendo extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio. Illueca, 2 de marzo de 2011. - El alcalde, Fernando J. Escribano Cano. ANEXO Modelo de instancia Don ...... con documento nacional de identidad número ......, y domicilio a efectos de notificación en ......, Expone: Primero. - Que ha examinado la convocatoria anunciada en el "Boletín Oficial del Estado" núm. ......, de fecha ......, en relación con la convocatoria de la plaza de ......, en régimen de personal laboral temporal, conforme a las bases que se publican en el BOPZ núm. ......, de fecha ...... Segundo. - Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia, lo que se acredita con la documentación que se acompaña. Tercero. - Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Illueca. Por todo ello, Solicita: Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada. En ...... a ...... de ...... de 20...... (Firmado: El solicitante)