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Cédula de notificación

Publicado el 18/10/2010 (Nº 239)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 2

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 723/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de xxxxxx xxxxxxxx xxxxxx contra Amilka Javier Lee Gamiz, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Cédula de citación. Tribunal que ordena citar: Juzgado de lo Social número 2. Asunto en que se acuerda: Procedimiento ordinario número 723/2010. Persona a la que se cita: Amilka Javier Lee Gamiz, como parte demandada. Objeto de la citación: Asistir en esa condición al/los acto/s de juicio y/o conciliación. Y también, si la parte contraria lo pide y el/la juez/a lo admite, contestar al interrogatorio que aquélla pueda formular. Lugar en que debe comparecer: En la sede de esta oficina judicial (calle Alfonso I, número 17, planta 3.ª). Día y hora en la que debe comparecer: 20 de enero de 2011, a las 10.55 horas, para el acto de conciliación o, en su caso, juicio. Prevenciones legales: 1.ª La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y en su caso juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía (art. 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). 2.ª Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos. 3.ª Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse (art. 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). Si precisara de alguna otra prueba que requiera la práctica de alguna diligencia por esta oficina judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto del juicio (art. 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). 4.ª Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas: Interrogatorio y documental. Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (art. 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. Su interrogatorio como demandado. A tal efecto se le indica que si no comparece se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (art. 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral). 5.ª Debe comunicar a esta oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (art. 155.4, párrafo 1.º, de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 6.ª También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio a los que se le convoca (arts. 83.1 de la LPL y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). En Zaragoza a veintidós de julio de dos mil diez. - El/La secretario/a judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Dado en Zaragoza a veintidós de septiembre de dos mil diez. - La secretaria judicial, Pilar Zapata Camacho.