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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2019, adoptó ...

Publicado el 19/08/2019 (Nº 189)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN QUINTA
Emisor: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. ÁREA DE URBANISMO Y EQUIPAMIENTOS. GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

Texto completo:

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2019, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: Primero. - Corregir error gráfico en las alineaciones de las parcelas resultantes de la ordenación del Plan Especial del área G-11-1, contenida en el Plan Especial del área de intervención G-11-1, aprobado definitivamente mediante acuerdo plenario de fecha 30 de junio de 2004, según documentación técnica de mayo de 2019, suscrita por el arquitecto don Daniel Moreno Domingo. Segundo. - Mantener en todos sus términos el resto de la documentación del Plan Especial del área de intervención G-11-1 aprobado definitivamente, incorporándose al mismo las modificaciones derivadas del presente acuerdo. Tercero. - En aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por el Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, el presente acuerdo deberá ser objeto de publicación en el BOPZ. Cuarto. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento autonómico de Planeamiento (vigente según las disposiciones derogatorias del TRLUA), deberá remitirse copia de los documentos integrantes de la presente corrección de error del Plan Especial del área G-11-1 al Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza. Quinto. - Según dispone el artículo 145 del Reglamento de Planeamiento (también declarado vigente), el acuerdo se inscribirá en el libro registro de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística. Sexto. - Dar traslado del presente acuerdo al promotor del expediente. Séptimo. - Asimismo, deberá notificarse el presente acuerdo a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del área G-11-1, con indicación de los recursos procedentes. Octavo. - Dar traslado de esta resolución al Servicio de Licencias Urbanísticas para que se tenga en cuenta en los proyectos de licencia en trámite relativos en este ámbito. Noveno. - Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones oportunas tendentes a la ejecución del presente acuerdo. Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que el presente acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con lo previsto el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. I.C. de Zaragoza, a 14 de agosto de 2019. - El secretario general del Pleno, P.D. de fecha 13 de septiembre de 2017. - La jefa del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, Edurne Herce Urzaiz. Expediente 738.056/2019 2.6. Cuadro rectificado, resumen de cumplimiento de condiciones vinculantes de la ficha de Ordenación del Plan General.