El jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de ...
El jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles la liquidación definitiva del ejercicio 2007, referida a la regularización de las cotizaciones de trabajadores del colectivo de artistas, prevista en el artículo 32.5c) del Reglamento General de Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre (BOE de 25 de enero de 1996), según la nueva redacción dada por el Real Decreto 335/2004, de 27 de febrero, les hace saber el resultado de dicha liquidación, en las dos modalidades por retribuciones y por bases cotizadas, para la que se han tenido en cuenta las retribuciones y bases de cotización declaradas en los TC 2/19 presentados por las empresas en las liquidaciones mensuales correspondientes a dicho ejercicio, así como los períodos y bases en situación de desempleo e incapacidad temporal. En el supuesto de que se optase por la primera, "retribuciones", deberán comunicarlo a esta Dirección Provincial hasta el último día hábil del mes siguiente al de la publicación de este edicto, a fin de que se emita el correspondiente boletín de cotización si el resultado de la regularización fuera a ingresar. Asimismo se informa que dentro de dicho plazo se puede solicitar el fraccionamiento del pago, hasta un plazo máximo de seis meses. En el supuesto de que el resultado fuera a devolver, deberán facilitarnos los datos bancarios necesarios para proceder a su ingreso. Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Relación que se cita: Régimen: 0112. Identif./CCC: 461031046584. Razón social/nombre: Castelo Vázquez, Laura. CP Población: 50001 Zaragoza. Ingresar: 30,35 euros. Alicante, a 22 de febrero de 2011. - El subdirector provincial, Ignacio Cortés Gomis.