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Mediante decreto de fecha 27 de agosto de 2013 se ha aprobado por la Alcaldía-Presidencia ...

Publicado el 02/09/2013 (Nº 201)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: NOVILLAS

Texto completo:

Mediante decreto de fecha 27 de agosto de 2013 se ha aprobado por la Alcaldía-Presidencia el padrón-lista cobratoria de los recibos correspondientes al precio público por la prestación del servicio de inserción de anuncios publicitarios en el Programa Oficial de Fiestas Patronales 2013 Se expone el citado padrón por un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estará a disposición de los interesados en las oficinas municipales al objeto de que puedan examinarlo y formular, en su caso, las oportunas reclamaciones. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de reposición, regulado en el artículo 14 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública. Contra su resolución podrán los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo regulados en la Ley de tal orden jurisdiccional. De conformidad con cuanto disponen la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período de cobranza, con los siguientes plazos y forma de pago. Plazos de pago a) Período voluntario: Dos meses naturales contados desde la finalización del plazo de exposición del padrón. Para poder realizar el abono de estas cuotas, cada contribuyente recibirá la documentación necesaria, de la cual la carta de pago le será diligenciada de "recibí" en el momento de su abono por la entidad a través de la cual se efectúe el pago. Los contribuyentes que hasta el día 6 de octubre no hayan recibido la documentación mencionada deberán solicitarla en las oficinas municipales. La no recepción del documento de pago no exime de la obligación de realizarlo. Las cuotas de los contribuyentes que hayan domiciliado el pago serán cargadas en sus cuentas bancarias durante el período de cobro voluntario y recibirán en sus domicilios el justificante del pago emitido por la entidad financiera. b) Período ejecutivo: Vencido el período voluntario de pago sin que resultase satisfecha la deuda, esta será exigida por el procedimiento de cobro en vía de apremio y devengará el recargo de apremio, intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan. Lugares de pago Oficina de Ibercaja en Novillas (plaza de España s/n). Novillas, 27 de agosto de 2013. - El alcalde, José Ayesa Zordia.