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De conformidad con el acuerdo de aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Mallén, ...

Publicado el 02/09/2013 (Nº 201)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: MALLEN

Texto completo:

De conformidad con el acuerdo de aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Mallén, en sesión celebrada el día 27 de junio de 2013, se aprobó inicialmente la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento. Una vez transcurrido el período de información pública desde la publicación en el BOPZ núm. 163, de fecha de 18 de julio de 2013, y no habiéndose presentado alegaciones dentro del plazo, por resolución de Alcaldía de fecha de 14 de agosto de 2013 se ha procedido a elevar a definitivo el acuerdo inicial. De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, por medio del presente anuncio se procede a la publicación íntegra de la mencionada relación de puestos en el anexo. Contra la presente aprobación de la relación de puestos de trabajo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen pertinente. Mallén, a 20 de agosto de 2013. - El alcalde, Antonio Asín Martínez. ANEXO Definiciones previas Relación de puestos de trabajo: Es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación de todo el personal de la Corporación y en la que se precisan los requisitos y características exigidos para el desempeño de los puestos de trabajo. Leyenda: Clase de puesto: F: Funcionario. L: Laboral. Escala: F.H.E.: Funcionario habilitado estatal. A.E./TECNICA: Administración especial. Subescala técnica. A.G./ADM: Administración General. Subescala administrativa. A.G./AUX: Administración General. Subescala auxiliar administrativo. A.E./SERV. ESPEC.: Administración especial. Subescala servicios especiales. Tipo de puesto (T.P.): S: Singularizado. N: No singularizado. Forma de provisión del puesto (F.P.): C: Concurso, como criterio normal de provisión para puestos singularizados. LD: Libre disposición. Contenido básico (más información en ficha de cada puesto de trabajo): F-1: Secretario-interventor: Funciones propias de la Secretaría e Intervención General. F-2: Técnico Medio de Gestión Económico-Jurídica: Programar, coordinar y ejecutar las tareas administrativas propias del departamento al que pertenece de acuerdo con las normas de procedimiento jurídico y administrativo, e instrucciones recibidas, al objeto de asegurar la adecuada gestión administrativa de los asuntos, expedientes, procesos y procedimientos que son competencia del mismo. F-3: Administrativo: Desempeñarán las tareas administrativas de todo tipo y normalmente de trámite y colaboración no asignados a los funcionarios de los Cuerpos Superiores, siguiendo los procedimientos establecidos y las indicaciones del superior. F-4: Auxiliar administrativo: Funciones de apoyo mediante la realización de actividades administrativas (archivo, correspondencia, cálculo, reprografía, encuadernación, ofimática, inclusive atención al público, etc.), al personal administrativo y técnico del departamento al que pertenezca. F-5: Auxiliar de Policía: Las funciones propias marcadas en su propio Reglamento. Satisfacer las necesidades ciudadanas en materia de seguridad, tanto con relación al orden público, como a la prevención y actuación en los casos de infortunio o calamidad. F-6: Encargado de operarios de servicios múltiples: Dirigir y controlar a sus ayudantes, auxiliares, operarios, etc., para el desarrollo y ejecución de las funciones que le son propias en materia de mantenimiento de la infraestructura urbana de carácter público y de las dependencias e instalaciones municipales. El mantenimiento, mejora y conservación de parques, jardines, boulevares arbolados, plantaciones en acera, jardineras y demás espacios verdes de la ciudad. F-7: Operarios de servicios múltiples: Desarrollar y ejecutar de las funciones que le son propias en materia de mantenimiento de la infraestructura urbana de carácter público y de las dependencias e instalaciones municipales. El mantenimiento, mejora y conservación de parques, jardines, boulevares arbolados, plantaciones en acera, jardineras y demás espacios verdes de la ciudad. L-1: Encargado de biblioteca: Administrar y gestionar la biblioteca municipal, desarrollando la organización de actividades de fomento a la lectura, promoción y divulgación de los fondos del archivo y biblioteca. L-2: Coordinador de actividades culturales: Materializar documental e informáticamente todos los trabajos que se le encarguen, como elaborar y proponer programas y actividades culturales y recreativas de interés general para la comunidad, promoviendo la participación de los ciudadanos. L-3: Recepcionista/telefonista de consultorio médico: Realizará funciones de atención telefónica, así como cualquier otra de carácter sencillo y repetitivo, que no implique especialización. L-4: Operarios de limpieza: Ejecución de la limpieza en el interior de los edificios municipales que le sean asignados. L-5: Operario de limpieza: Ejecución de la limpieza en el interior de los edificios municipales que le sean asignados. Jornada: TP: A tiempo parcial. TC: A tiempo completo. Observaciones: (*)Ver observación de ficha (L-4). (**) Minusvalía. Ver observación de ficha (L-3).