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Por resolución de Alcaldía de fecha 2 de febrero de 2016 se ha aprobado y dispuesto ...

Publicado el 11/02/2016 (Nº 33)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: MORATA DE JILOCA

Texto completo:

Por resolución de Alcaldía de fecha 2 de febrero de 2016 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública del padrón de la tasa por servicio de suministro de agua potable, tasa de alcantarillado y del canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al cuarto trimestre de 2014 y primer, segundo y tercer trimestres de 2015 y la tasa por servicio de suministro de agua potable y tasa de alcantarillado del cuarto trimestre de 2015, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación se hace pública la apertura del período voluntario de cobranza. Exposición pública: Los padrones citados correspondiente a la tasa por suministro de agua, tasa de alcantarillado y canon de saneamiento se encuentran expuestos al público por término de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso: De acuerdo con lo regulado en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicio de suministro de agua potable, tasa de alcantarillado y con el artículo 10.2 del Reglamento regulador del canon de saneamiento, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses a contar desde la publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", sección provincia de Zaragoza (BOPZ). Lugar y forma de pago: El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento, en horario de atención al público. Los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del período de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio: Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora. Régimen de recursos: Tasa por suministro de agua (la liquidación no agota la vía administrativa): -Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa, y si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. Canon de saneamiento (la liquidación no agota la vía administrativa): -Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago. -Reclamación económico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago o, en su caso, al de la notificación expresa o presunta de la resolución del recurso previo de reposición. No podrán simultanearse la interposición del recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa. Morata de Jiloca, a 2 de febrero de 2016. - El alcalde-presidente, Miguel Langa Pardos.