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Cédula de notificación

Publicado el 14/02/2009 (Nº 36)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 2

Texto completo:

Cédula de notificación Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.165/2008 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Afari Yeboah contra Ben-vindo Vieira Pereira y Albor, S.C., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: «Auto. - En Zaragoza a 22 de diciembre de 2008. Hechos: Primero. - Afari Yeboah presenta demanda contra Benvindo Vieira Pereira y Albor, S.C., en materia de ordinario. Razonamientos jurídicos: Primero. - Examinada la jurisdicción y competencia de este Juzgado respecto de la demanda planteada, procede admitir la misma y señalar día y hora en que hayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio, conforme se establece en el artículo 82.1 de la Ley de Procedimiento Laboral. Segundo. - Conforme al artículo 78 de la Ley de Procedimiento Laboral, si las partes solicitasen la práctica anticipada de pruebas, el juez o el Tribunal decidirá lo pertinente para su práctica. Conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, podrán las partes, asimismo, solicitar aquellas pruebas que habiendo de practicarse en el mismo requieren diligencias de citación o requerimiento, extremo sobre el que de igual forma debe resolverse. Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte dispositiva: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 19 de marzo de 2009, a las 11.15 horas, en la sala de audiencias de este Juzgado (sito en calle Alfonso I, 17, edificio Plaza, tercera planta, sala de audiencia núm. 1, de esta ciudad), debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Ha lugar a la confesión judicial; cítese en forma al confesante, haciéndole saber que caso de no comparecer podrá ser tenido por confeso. Ha lugar a la documental y testifical solicitadas. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (art. 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe. - El/la magistrado/a-juez/a. - La secretaria judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Albor, S.C., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a veintisiete de enero de dos mil nueve. - La secretaria judicial, Pilar Zapata Camacho.