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Habiendo transcurrido el plazo señalado en el artículo 17.1 del texto refundido de ...

Publicado el 14/02/2009 (Nº 36)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: RICLA

Texto completo:

Habiendo transcurrido el plazo señalado en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que se haya presentado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 2 de diciembre de 2008 (anuncio publicado en el BOPZ núm. 283, de 10 de diciembre de 2008), adquiere carácter definitivo el acuerdo de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por servicios prestados en el Centro de Educación Infantil Nertobriga, siendo el texto íntegro del acuerdo, así como el del artículo modificado, los que a continuación se publican: Primero. - Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por servicios prestados en el centro de educación infantil, en el siguiente sentido, en el artículo 5, se añade: "Servicio de comedor -Por dar de comer a niños no autónomos se cobrará la cantidad de 30 euros mensuales". Segundo. - De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone el acuerdo adoptado al público por plazo de treinta días para que dentro del mismo los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, debiendo publicarse los anuncios en el BOPZ, así como en el tablón de anuncios de la Corporación. Cuarto. - En el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada la modificación acordada. Artículo modificado: Artículo 5.º Se añade un párrafo que reza: "Por dar de comer a niños no autónomos se cobrará la cantidad de 30 euros mensuales". Contra este acuerdo y la modificación realizada los interesados podrán interponer, tal y como establece el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio. Ricla a 26 de enero de 2009. - El alcalde, Francisco Blas Romeo Mañas.