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Doña Carmen Romeo Caparrós, recaudadora ejecutiva de la Dirección Provincial de la ...

Publicado el 14/02/2009 (Nº 36)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN QUINTA
Emisor: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. URE NUM. 50/03

Texto completo:

Doña Carmen Romeo Caparrós, recaudadora ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 3 de Zaragoza; Hace saber: Que en esta Unidad se sigue expediente administrativo de apremio contra los sujetos obligados al pago por deudas al Servicio Público de Empleo Estatal que se indican en relación adjunta, respecto a los que han resultado infructuosas las gestiones tendentes a su localización a efectos de notificarles la providencia de apremio dictada en su día por el subdirector de Vía Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social en esta provincia. En consecuencia, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 84, 85 y 87 Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE núm. 153, de 25 de junio), acuerdo practicar notificación por medio de este edicto a los sujetos obligados al pago, de la siguiente: «Providencia. - En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, dicto la correspondiente providencia de apremio ordenando la ejecución forzosa sobre bienes y derechos del deudor». Igualmente acuerdo hacer saber a los interesados: Primero. - Deberán proceder al pago de la deuda en el plazo de quince días, mediante su ingreso en la oficinas de esta Unidad de Recaudación (sitas en San Juan de la Peña, 2 y 4, bajos), y que de no hacerlo así se procederá sin más al embargo de sus bienes. Segundo. - Deberán comparecer, por sí o por medio de representante, en el expediente de apremio que se les sigue dentro del plazo de ocho días, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin personación se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer. Tercero. - Quedan advertidos los deudores de que las costas causadas en la sustanciación del procedimiento de apremio serán de su cargo y les serán exigidas. Cuarto. - Contra la transcrita providencia, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio ante la Subdirección de Vía Ejecutiva dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto. Quinto. - Los únicos motivos de oposición al apremio son los detallados en el artículo 86 del mencionado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (pago, prescripción, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento, falta de notificación de la reclamación de la deuda o del acta de liquidación, así como las resoluciones que las mismas originen). Sexto. - Podrá, asimismo, interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29). Séptimo. - La interposición de alguno de los citados recursos no suspende el procedimiento, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice el pago de los débitos, incluido el recargo de apremio, intereses, en su caso, y un 3% del total como costas a liquidar, mediante aval solidario de banco o caja de ahorros o entidad crediticia, o cuando se consigne el citado importe a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social. No obstante, cuando se curse oposición al apremio, el procedimiento se suspenderá hasta que se dicte la oportuna resolución, sin necesidad de aportación de garantías ni consignación, de conformidad con el artículo 86 del citado reglamento Zaragoza, 8 de enero de 2009. - La recaudadora ejecutiva, Carmen Romeo Caparrós. ANEXO Relación que se cita Título ejecutivo, identificador del SR, nombre/razón social, domicilo, importe reclamado y período de liquidación 50 2008 050029647. 07 431016517450. JARAMILLO AGUDELO WELMAR DE. CL FABLA ARAGONESA 5. 50014 ZARAGOZA. 88,07. 11/06-11/06. 50 2008 050023078. 07 500034918805. BELTRAN GARVI SANTIAGO JOSE. CL VALLE PINEDA 9 2:. 50015 ZARAGOZA. 485,96. 04/07-05/07. 50 2008 050026718. 07 500048615609. VAL BETES FRANCISCO JAVIE. UR EL PILAR ANDADOR. 50194 ZARAGOZA. 318,71. 10/07-10/07. 50 2008 050030859. 07 500061708282. ROMEO CUBERO ANGELINES. CL LEON FELIPE 27 1:. 50018 ZARAGOZA. 33,37. 02/08-02/08. 50 2008 050027122. 07 500070201644. AGUDO PASTOR FRANCISCO JAVIE. CL SAN JUAN DE LA PE. 50015 ZARAGOZA. 344,80. 10/07-10/07. 50 2008 050029041. 07 500077320434. GUILLEN FERNANDEZ H JOSE JAV. AV ACADEMIA GRAL. MI. 50015 ZARAGOZA. 410,18. 09/07-09/07. 50 2008 050022674. 07 501012070589. AMO MARTIN JOSE IGNACIO. CL MARIANO BASELGA 2. 50015 ZARAGOZA. 2.960,68. 03/07-05/07. 50 2008 050025102. 07 501023143848. MARTINEZ MEZQUE DAVID. CL EMELINE DE PANKUR. 50018 ZARAGOZA. 540,80. 06/07-06/07. 50 2008 050026617. 07 501024134763. TOURE, SEKOU OUMAR. AV CATALUQA 99 2:. 50014 ZARAGOZA. 201,25. 07/07-07/07. 50 2008 050031061. 07 501030642251. SALAGEAN, LIVIU DANIEL. CL PANO Y RUATA 21 1. 50015 ZARAGOZA. 722,69. 11/06-11/06. 50 2008 050027829. 07 501031195656. CHALCO CURICHO MARCO VINICIO. CL MOLINO DE LAS ARM. 50014 ZARAGOZA. 162,17. 04/07-04/07.