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Habiéndose publicado en el BOPZ núm. 190, de fecha de 19 de agosto de 2020, la modificación ...

Publicado el 04/09/2020 (Nº 204)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA DE LA RIBERA BAJA DEL EBRO

Texto completo:

Habiéndose publicado en el BOPZ núm. 190, de fecha de 19 de agosto de 2020, la modificación presupuestaria núm. 2/2020, aprobada en el Pleno del Consejo Comarcal de 7 de agosto de 2020, en la que constaba una modificación de créditos extraordinarios por importe de 36.348,16 euros, suplementos de créditos por importe de 152.740,48 euros, a financiar mediante bajas por anulación por importe de 189.088,64 euros, y habiéndose detectado un error en el importe del crédito extraordinario de la aplicación presupuestaria 2020.2310.151000, al recoger esta un importe de 7.692,04 euros, cuando realmente su importe correcto asciende a 7.656,04 euros, y considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de revocación de actos y rectificación de errores, dispone: «Las Administraciones públicas podrán asimismo rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos», se procede a la publicación de la rectificación de dicho error, aprobado en la resolución de Presidencia núm. 257/2020, de 1 de septiembre de 2020, quedando configurado el total de créditos extraordinarios de la siguiente forma: Contra la aprobación definitiva de este expediente de modificación de créditos núm. 2/2020 por el Consejo Comarcal de esta Comarca, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir de la publicación del presente anuncio en el BOPZ ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y conforme dispone igualmente el artículo 171 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lo que se hace público para general conocimiento. Quinto, a 1 de septiembre de 2020. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.