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Habiendo sido aprobado por el Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja ...

Publicado el 23/05/2024 (Nº 116)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA DE LA RIBERA BAJA DEL EBRO

Texto completo:

Habiendo sido aprobado por el Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja del Ebro, en la sesión de 12 de marzo de 2024, la primera oferta de empleo público de 2024 (una vez que dicha propuesta de modificación ha sido informada por la Comisión de Personal de esta Comarca en sesión de 12 de marzo de 2024), mediante el presente anuncio se hace pública la siguiente oferta de empleo de 2024, conforme a los procedimientos de selección previstos en los párrafos 6.º y 7.º del artículo 61 y artículo 70 del EBEP, y lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en el artículo 237 de la Ley de Administración Local de Aragón y el artículo 56 del Decreto legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, para los siguientes puestos de personal laboral:

Oferta de empleo público 2024

Personal laboral:

A) Denominación: Auxiliar de hogar en Pina de Ebro (puesto de relación de puestos de trabajo número 8.1.A.2-bis).

-Número de puestos: Una plaza, a jornada de veinite horas/semanales. -Nivel de titulación: Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, creado por el Real Decreto 295/204, de 20 de febrero (BOE de 9 de marzo), o el equivalente certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), así como otro títulos o certificados que se publiquen con los mismos efectos profesionales. -Sistema de selección: Concurso-oposición. -Publicación de las bases de su convocatoria: BOPZ.

B) Denominación: Auxiliar de hogar en Quinto (puesto de relación de puestos de trabajo número 8.1.A.4-bis).

-Número de puestos: Una plaza, a jornada de veinte horas/semanales. -Nivel de titulación: Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, creado por el Real Decreto 295/204, de 20 de febrero (BOE de 9 de marzo), o el equivalente certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), así como otro títulos o certificados que se publiquen con los mismos efectos profesionales. -Sistema de selección: Concurso-oposición. -Publicación de las bases de su convocatoria: BOPZ.

C) Denominación: Auxiliar de hogar «correturnos» (puesto de relación de puestos de trabajo número 8.1.C.1).

-Número de puestos: Dos plazas, a jornada completa, con una duración mínima de seis meses (de mayo a octubre), ampliable hasta diez meses por necesidades del servicio. -Nivel de titulación: Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, creado por el Real Decreto 295/204, de 20 de febrero (BOE de 9 de marzo), o el equivalente certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), así como otro títulos o certificados que se publiquen con los mismos efectos profesionales. -Sistema de selección: Concurso-oposición. -Publicación de las bases de su convocatoria: BOPZ.

Asimismo, se informa de que este expediente de oferta de empleo público de 2024 queda expuesto al público en la Secretaría de esta Comarca desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en este mismo BOPZ, informándose de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, contra dicho acuerdo plenario podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación del presente anuncio en el BOPZ, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Zaragoza, en el plazo de los dos meses a partir de igual fecha (conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), con la advertencia de que, si se interpusiese tal recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer simultáneamente recurso contencioso-administrativo hasta que el anterior recurso administrativo sea resuelto expresamente (o se haya producido su desestimación por silencio para el caso de que haya transcurrido un mes desde su interposición, sin que se haya notificado su resolución, en virtud de lo dispuesto en los arts. 124.2 y 24.1 de la Ley 39/2015), sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que su recurrente estime procedente. Lo que se hace público para general conocimiento.

Quinto, a 17 de marzo de 2024. - El presidente, Juan Ramón Lis Ríos.