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Edicto de subasta judicial

Publicado el 27/11/2013 (Nº 273)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA. JUZGADO

Texto completo:

Edicto de subasta judicial Don Ramón Iván Valverde Quintana, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 21 de Zaragoza; Hace saber: Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha, dictada en el procedimiento de ejecución hipotecaria número 378/2012-B1 que se sigue en este Juzgado a instancia de Banco Grupo Cajatrés, S.A., representada por la procuradora doña Sonia Peiré Blasco, contra Alejandro Bellosta Ara y María Mercedes Martín Rodríguez, en reclamación de 142.218,43 euros de principal, más intereses pactados y costas procesales, por el presente se anuncia la venta en pública subasta, con antelación de veinte días cuando menos, de la siguiente finca: Finca número 12, constituida por un piso 5.º derecha, en planta ático, de unos 47 metros cuadrados de superficie, que forma parte de una casa sita en avenida de Hernán Cortés, 20, de Zaragoza. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de Zaragoza al tomo 2.306, folio 124, finca número 43.787, inscripción 7.ª de hipoteca. Referencia catastral 5730506XM7153B0011SH. Pertenece a los ejecutados en pleno dominio por compra a otros particulares. Consta según manifestaciones en escritura hipotecaria como libre de arrendamientos, sin que conste en estos autos contrato de arrendamiento alguno, sin perjuicio de las actuaciones verificadas en orden a determinar posibles ocupantes. De la certificación de cargas obrante en autos se deduce la existencia de dos cargas posteriores a la hipoteca objeto de autos constituidas por los siguientes embargos, a saber: -Embargo letra A, a favor del Ayuntamiento de Zaragoza a virtud de expediente administrativo instado por Recaudación Ejecutiva Parque de Roma, como deudor el ejecutado de la Hacienda Local. -Embargo letra B, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social a virtud de expediente administrativo de apremio seguido por la Unidad de Recaudación número 3. A instancia de parte se intentó notificar el procedimiento a posibles ocupantes de la finca al no vivir allí los titulares, dando resultado la notificación a quien dijo ser Ana Isabel Bellosta Martín, posiblemente hija de los ejecutados, quien fue requerida de aportación de documentación que justifique la ocupación sin que se haya aportado nada al respecto. La subasta se celebrará el día 8 de enero de 2014, a las 9:45 horas, en la Secretaría de este Juzgado (sito en avenida de Ranillas, Ciudad de la Justicia, edificio Vidal de Canellas, escalera G, planta 1.ª). La finca está valorada en escritura hipotecaria a efectos de subasta en 194.475,96 euros. Condiciones de la subasta: Los requisitos para tomar parte en la subasta serán los exigidos por los artículos 668 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Primera. - Los licitadores, a excepción del ejecutante, para tomar parte en la subasta deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial, o de haber prestado aval bancario, por el 5% del valor de tasación de los bienes objeto de la subasta, haciendo constar, en su caso, si se hace en nombre de tercero. Segunda. - La certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble que se subasta está de manifiesto en la oficina judicial sede del órgano de ejecución. Tercera. - Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Cuarta. - Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, entendiéndose que por el solo hecho de participar en la subasta el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos si el remate se adjudicare a su favor. Quinta. - Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no exista titulación, y que aceptan asimismo subrogarse en las cargas anteriores al crédito por el que se ejecuta en caso de que el remate se adjudique a su favor. Sexta. - Solo el ejecutante podrá hacer posturas reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. Séptima. - Podrán hacerse posturas por escrito desde el anuncio de la subasta hasta su celebración en sobre cerrado y en las condiciones mencionadas. Caso de existir lotes, la subasta se celebrará por lotes independientes. Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiera señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse subasta en el día y hora señalado, se entenderá que la subasta se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuándose los sábados. Octava. - Se aprobará el remate a favor del postor cuya postura sea igual o superior al 70% del valor del bien, debiendo el rematante consignar en cuarenta días la diferencia entre lo consignado y el precio total del remate. Si la postura fuera superior al 70%, pero ofreciéndose pagar a plazos con garantía suficiente, se hará saber al ejecutante la facultad de adjudicación del bien por el 70%. Caso de ser la postura inferior al referido 70%, el ejecutado, en el plazo de diez días, podrá presentar tercero que la mejore, superando el 70% o satisfaciendo el derecho del ejecutante; caso contrario, el ejecutante podrá adjudicárselo por el 70% o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al 60% de su valor de tasación y a la mejor postura. Asimismo, y caso de que no se den las condiciones anteriores, se podrá adjudicar a favor del mejor postor que haya ofrecido más del 50% del valor de tasación o en la forma establecida en el párrafo tercero del número 4 del artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Novena. - En cuanto a los inmuebles subastados, no consta la existencia de personas que ocupen las fincas distintas a los ejecutados. Décima. - En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor, podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas. Undécima. - El depósito para tomar parte en la subasta se consignará, en su caso, en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto: Si es en efectivo: en la cuenta núm. 5106-0000-06-00378-12. Si es por transferencia: en la cuenta núm. 0030-1846-42-0005001274, debiendo indicar en el apartado "observaciones" el siguiente número 5106-0000-06-0378-12. Zaragoza, a quince de noviembre de dos mil trece. - El secretario judicial, Ramón Iván Valverde Quintana.