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Habiéndose aprobado por el Consejo Comarcal de esta Comarca, en sesión celebrada ...

Publicado el 23/10/2023 (Nº 243)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA DE LA RIBERA BAJA DEL EBRO

Texto completo:

Habiéndose aprobado por el Consejo Comarcal de esta Comarca, en sesión celebrada el pasado 3 de octubre de 2023, la primera modificación de la relación de puestos de trabajo de la Comarca del presente ejercicio 2023, dicha modificación queda expuesta al público en la Secretaría de esta Corporación durante el plazo de quince días a contar a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicado el presente anuncio en el BOPZ, de forma que, si transcurrido dicho período de información pública no se presentan reclamaciones, dicho acuerdo de aprobación quedará elevado a aprobación definitiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 126 y 127 del TRRL y artículo 90.1 LRBRL, siendo el contenido de dicha modificación el siguiente:

A) Personal funcionario:

5. Técnico medio de Administración General de Servicios Sociales (funcionario temporal ex art. 10 EBEP). Grupo/nivel y tipo de jornada: Grupo A2, nivel 20, a jornada completa, para el programa 2024-2025 (con cargo a la subvención del convenio de Programas Específicos del Departamento de Ciudadanía y Servicios Sociales del Gobierno de Aragón 2021-2025). Retribuciones: -Denominación: Técnico medio de Administración General de Servicios Sociales. -Retribuciones básicas: 14.992,69 euros. -Retribuciones complementarias: 7.151,06 euros. -Total anual: 22.143,75 euros. Funciones: -Apoyo de gestión e impulso en la tramitación de los expedientes que se le encomienden, en desarrollo de las funciones que el Decreto 30/2023, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios Sociales en Aragón, asigna a este tipo de técnicos, durante cuyo proyecto vendrá subvencionado por el Departamento de Ciudadanía y Servicios Sociales del Gobierno de Aragón, y cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada, relacionada con su puesto de trabajo.

B) Personal laboral:

19. Gerente de Turismo: Personal laboral temporal (ex disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en empleo y transformación de mercado trabajo, relativa a la contratación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y Fondos de la Unión Europea, con cargo a la concedida por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de la Administración General del Estado, para el desarrollo del Plan de Sostenibilidad Turística de esta Comarca, hasta el 31 de marzo de 2026). Grupo/nivel/tipo de jornada: Grupo A2, nivel 26, jornada completa hasta la conclusión de la subvención. Retribuciones: -Puesto de trabajo: Gerente del Plan de Sostenibilidad Turística. -Grupo: A2. -Nivel: 26. -Básicas: 14.992,69 euros. -Complemento de destino: 11.355,14 euros. -Complemento específico por dedicación especial: 3.619,98 euros. -Total: 29.967,81 euros. Funciones: Impulsar el Plan de Sostenibilidad Turística que bajo el nombre de «El Agua que nos Une» se va a llevar a cabo por esta Comarca, con centro de trabajo en Quinto y de carácter itinerante.

El régimen de trabajo será de dedicación especial (valorado en la retribución fijada), por lo que se desempeñará con disponibilidad de lunes a domingo, en función de las necesidades del servicio, y sin perjuicio de los períodos mínimos de descanso diario y semanal teniendo entre sus funciones las siguientes: a) Desarrollar, implantar e impulsar las actuaciones del Plan. b) Difundir y promocionar los objetivos y las actuaciones el Plan. c) Efectuar propuestas de actuaciones. Entre otras cuestiones, se entiende que la gerencia deberá proponer ajustes en las actuaciones en ejecución o propuestas para reinvertir los remanentes que se vayan generando y que serán aprobados por la comisión de seguimiento del PSTD. d) Procurar la coordinación del plan con otras actuaciones que puedan llevar a cabo en la zona las Administraciones representadas en el convenio. e) Redactar la memoria anual de ejecución del Plan. f) Dinamizar a los agentes turísticos de la zona. g) Ejercer la Secretaría de la Comisión de Seguimiento y del Plan. h) Cualquier otra que le asigne la comisión de seguimiento y aquellas otras funciones o labores derivadas del servicio que le sean encomendadas por la Presidencia de la Comarca o personas en quien delegue. i) Rendir cuentas a la comisión comarcal de turismo. j) Recabar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones del Plan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Quinto, a 4 de octubre de 2023. - El presidente, Juan Ramón Lis Ríos.