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Habiendo transcurrido el período de información pública de quince días hábiles desde ...

Publicado el 16/11/2017 (Nº 263)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA RIBERA BAJA DEL EBRO

Texto completo:

Habiendo transcurrido el período de información pública de quince días hábiles desde que apareció publicado en el BOPZ núm. 215, de 18 de septiembre de 2017, el anuncio de apertura del período de información publica del acuerdo adoptado por el Consejo Comarcal de esta Comarca en la sesión de 28 de septiembre de 2017, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 3/2017, por importe total de 182.348,68 euros (que prevé la incorporación de créditos extraordinarios por importe de 1.200 euros, y 191.148,68 euros de suplementos de crédito, y bajas por anulación de créditos de gasto por importe de Ð10.000 euros, financiando dicha modificación de gastos con cargo a nuevos y mayores ingresos por importe de 494.629,03 euros y bajas de créditos de ingresos por importe de Ð312.280,35 euros) tras haber sido informado favorablemente dicho expediente de modificación por el señor secretario-interventor y por la Comisión Especial de Cuentas en su sesión de 28 de septiembre de 2017, y no habiéndose presentado reclamaciones contra su aprobación durante dicho período de información pública, dicho acuerdo de aprobación inicial ha quedado elevado a aprobación definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el nuevo texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedando este aprobado conforme al siguiente desglose:

Contra la aprobación definitiva de este expediente de modificación de créditos número 2/2017 por el Consejo Comarcal de esta Comarca, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir de la publicación del presente anuncio en el BOPZ ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y conforme dispone igualmente el artículo 171 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lo que se hace público para general conocimiento. Quinto, a 10 de noviembre de 2017. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.