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Habiendo sido publicada en el BOPZ de 24 de noviembre de 2017 la oferta de empleo ...

Publicado el 17/03/2018 (Nº 62)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA DE LA RIBERA BAJA DEL EBRO

Texto completo:

Habiendo sido publicada en el BOPZ de 24 de noviembre de 2017 la oferta de empleo publico de 2017, por la que se preveía poder cubrir el puesto laboral de auxiliar administrativo de contabilidad mediante concurso-oposición, y habiéndose acordado por el Consejo Comarcal de esta Comarca, en su sesión de 8 de febrero de 2018, modificar la relación de puestos de trabajo de 2018, reconfigurando dicho puesto laboral de auxiliar administrativo de contabilidad como un puesto de personal funcionario, eliminándolo de la sección de personal laboral y creándolo en la sección de personal funcionario, mediante el presente anuncio se hace pública la eliminación de dicha oferta de empleo púbico de 2017, al objeto de poder convocar la oferta de empleo de dicho puesto como personal funcionario, a incorporar en la oferta de empleo público de 2018 para su provisión mediante el mismo sistema de concurso-oposición. Lo que se hace público para conocimiento general, informándose que contra dicho acuerdo, que agota la vía admisntirativo, podrá interponerse recurso de reposición con carácter potestativo ante el Pleno de esta Corporación, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicado el presente anuncio en este BOPZ, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Zaragoza, en el plazo de los dos meses a contar a partir de igual fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con la advertencia de que, de interponerse dicho recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer simultáneamente recurso contencioso-administrativo hasta que el anterior recurso sea resuelto expresamente, o se haya producido su desestimación por silencio para el caso de que haya transcurrido un mes desde su interposición, sin que se haya notificado su resolución. Quinto, a 5 de marzo de 2018. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.