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Cédula de notificación

Publicado el 09/02/2016 (Nº 31)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADOS DE LO SOCIAL. JUZGADO NUM. 5

Texto completo:

Cédula de notificación Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 916/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Sergio Subijana Fernández contra la empresa Electricidad Acón, S.L., sobre extinción por voluntad del trabajador, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: «Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda de extinción de contrato interpuesta por Sergio Subijana Fernández contra la empresa Electricidad Acón, S.L., en cuya virtud debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre las partes con fecha de efectos de la presente resolución, condenando a la empresa a estar y pasar por dicha declaración, así como a indemnizar al actor en la cantidad de 23.286,90 euros. Que debo estimar y estimo la demanda de despido interpuesta por Sergio Subijana Fernández contra la empresa Electricidad Acón, S.L., en cuya virtud debo declarar y declaro el mismo improcedente, condenando a la empresa a estar y pasar por dicha declaración. Que debo estimar y estimo la demanda de cantidad interpuesta por Sergio Subijana Fernández contra la empresa Electricidad Acón, S.L., en cuya virtud debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 4.594,01 euros por salarios reclamados en este proceso, más el interés por mora del 10%. No ha lugar a pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial. Modo de impugnación: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banco Santander a nombre de esta oficina judicial, con el número IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, exp. 4895 0000 65 0916 14, debiendo hacer constar en el campo "concepto" la indicación "recurso", seguida del código "34 Social-Suplicación", acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Electricidad Acón, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a dieciocho de enero de dos mil dieciséis. - El secretario judicial, Miguel Ángel Esteras Pérez.