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Doña Leticia Palomera Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia ...

Publicado el 04/02/2016 (Nº 27)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA. JUZGADO NUM. 1

Texto completo:

Doña Leticia Palomera Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Zaragoza; Hace saber: Que en virtud de lo acordado en el auto de juicio verbal número 881/2015, sección 2, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo notificar la sentencia recaída en el presente procedimiento por edictos, cuyos encabezamiento y fallo son los siguientes: «En Zaragoza, a 10 de diciembre de 2015. - Vistos por don Luis Morales Salazar, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Zaragoza, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 881/2015, sección 2, entre partes: de una, como demandante, la entidad mercantil Cafés El Criollo, S.A., representada en autos por el procurador don Ignacio Tartón Ramírez y defendida por la letrada doña María del Carmen Lascasas Cacho, y de otra y como demandado, Miguel Ángel Sánchez Congostrina, incomparecido en autos y en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, por importe de 4.189,23 euros, y... Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Ignacio Tartón Ramírez, en nombre y representación de la entidad mercantil Cafés El Criollo, S.A., se realizan los siguientes pronunciamientos: 1.º Se declara la resolución del contrato de 25 de febrero de 2014 celebrado entre la entidad mercantil Cafés El Criollo, S.A., y Miguel Ángel Sánchez Congostrina. 2.º Se declara que Miguel Ángel Sánchez Congostrina adeuda a la actora las cantidades de 2.920,03 euros y 1.269,20 euros, más los intereres de demora desde la interposición de la demanda. 3.º Se condena a Miguel Ángel Sánchez Congostrina a estar y pasar por las declaraciones anteriores, condenándole al pago de la cantidad de 4.189,23 euros, más los intereses de demora desde la interposición de la demanda. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles sabe que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que, conforme a lo previsto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, habrá de interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes al de su notificación». En Zaragoza, a veinte de enero de dos mil dieciséis. - La secretaria judicial, Leticia Palomera Sánchez.