Habiendo transcurrido el período de información pública de quince días hábiles desde ...

Publicado el 27/07/2017 (Nº 171)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA RIBERA BAJA DEL EBRO
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Texto completo:

Habiendo transcurrido el período de información pública de quince días hábiles desde que apareció publicado en el BOPZ núm. 142, de 23 de junio de 2017, el anuncio de apertura del período de información pública del acuerdo adoptado por el Consejo Comarcal de esta Comarca en la sesión de 8 de junio de 2017, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación de las bases de ejecución del presupuesto de 2017, por el que se prevé la incorporación de la nueva base relativa a la distribución de subvenciones para la firma de convencios con los diez Ayuntamientos de la Comarca, una vez que dicho expediente de modificación de bases de ejecución del presupuesto ha sido informado favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas en su sesión de 8 de junio de 2017, y no habiéndose presentado ninguna reclamación durante dicho período de información pública contra su aprobación, dicho acuerdo de aprobación inicial del citado expediente de modificación de bases por el Consejo Comarcal, en su sesión de 8 de junio de 2017, ha quedado elevado a aprobación definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el nuevo texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedando aprobada dicha base con la siguiente redacción: «Base 22 bis. Distribución de subvenciones entre Ayuntamientos de la Comarca. Para la distribución -a través del macroconvenio que se apruebe cada año- de los importes recogidos en las siguientes aplicaciones presupuestarias de la partida 462 se seguirán los siguientes criterios de distribución a las aplicaciones presupuestarias que se relacionan a continuación: Aplicaciones presupuestarias que financian el macroconvenio anual: -Partida 3340.462.200. Subvenciones a Ayuntamientos a actividades culturales (con 25.000 euros en 2017). -Partida 3321.462.201. Subvenciones a Ayuntamientos a bibliotecas municipales (con 10.000 euros en 2017). -Partida 3400.462.100. Subvenciones a Ayuntamientos a actividades deportivas (con 12.000 euros en 2017). -Partida 3270.462.301. Subvenciones a Ayuntamientos para juventud (con 10.000 euros en 2017). Los criterios de distribución de los anteriores créditos entre los diez Ayuntamientos de la Comarca se distribuirán de la siguiente forma, en función de las siguientes materias: En materia de actividades culturales, bibliotecas y juventud: Su distribución se hará distinguiendo una parte fija y otra variable. En la parte fija se distribuirán a partes iguales entre los diez Ayuntamientos: 3/5 del total de sus respectivas aplicaciones presupuestarias, distribuyéndose el resto de la partida (2/5) en función de los habitantes de que disponga cada municipio según el padrón a 1 de enero del último censo aprobado por el Instituto Nacional de Estadística. En materia de actividades deportivas: Su distribución se hará distribuyendo conforme a los siguientes tramos de poblaci?ón el importe recogido en la aplicación presupuestaria 3400.462.100 (denominada "Subvenciones a Ayuntamientos actividades deportivas"), de la siguiente forma: -A municipios entre 0 y 250 habitantes: a razón de 600 euros por municipio. -A municipios entre 250 y 700 habitantes: a razón de 1.000 euros por municipio. -A municipios entre 700 y 1.500 habitantes: a razón de 1.400 euros por municipio. -A municipios de más de 1.500 habitantes: a razón de 2.200 euros por municipio. En materia de acción social: Aplicación 2310462000, ayudas centros municipales y convenios con Ayuntamientos:

En materia de juventud : El reparto de la aplicación presupuestaria 3270.462.300, relativa a las subvenciones a los Ayuntamietos por los espacios jóvenes, se distribuye entre los seis Ayuntamientos que conforman la red de espacios jóvenes de la Comarca, a saber: Ayuntamietos de Escatrón, Gelsa, Pina de Ebro, Quinto Sástago y La Zaida, atendiendo a tres criterios: -Partida fija: Se destina un 48% del total para repartir de una manera igualitaria entre los seis espacios jóvenes, correspondiéndoles un 16,66% a cada uno de ellos. -Partida variable por población joven del municipio: Un 20% del total se repartirá entre los seis espacios jóvenes, dependiendo de los jóvenes que tengan censados ese año en el municipio, según el padrón a 1 de enero del último censo aprobado por el Instituto Nacional de Estadística. -Partida variable por horas de contrato del monitor del espacio: El 32% restante se dividirá entre los seis espacios jóvenes dependiendo de la cantidad de horas de contrato de su monitor de juventud». Lo que se hace público para general conocimiento. Quinto, a 19 de julio de 2017. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.