Habiéndose acordado por este Consejo Comarcal de la Comarca de la Ribera Baja del ...
Habiéndose acordado por este Consejo Comarcal de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro, en la sesión ordinaria celebrada el 7 de enero de 2016, la aprobación inicial de la modificación del artículo 2.2 de la Ordenanza de creación y funcionamiento del registro electrónico de esta Comarca, consistente en establecer como URL de la sede electrónica de esta Comarca la siguiente dirección: http://riberabaja.sedelectronica.es, mediante el presente anuncio se informa que dicho acuerdo permanecerá expuesto al público en la Secretaría de este Consejo Comarcal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en este BOPZ, a efectos de que los posibles interesados puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas, de forma que si durante dicho período de información pública no se presentasen reclamaciones contra la misma, dicho acuerdo de aprobación inicial quedará elevado automáticamente a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2 d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, conforme a lo dispuesto igualmente en los artículos 140 y 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y en los artículos 125 a 133 del Decreto 347/2002 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón. Lo que se hace público para general conocimiento. Quinto, a 30 de marzo de 2106. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.