Habiéndose acordado por este Consejo Comarcal en la sesión ordinaria celebrada el ...

Publicado el 18/11/2015 (Nº 266)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA RIBERA BAJA DEL EBRO
Registros Descargar Registros 

Texto completo:

Habiéndose acordado por este Consejo Comarcal en la sesión ordinaria celebrada el 8 de octubre de 2015 la aprobación inicial de la modificación de los artículos 3, 6, 7, 8, 11 y 14 del Reglamento de admisión de comedores escolares para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de esta Comarca, dicho acuerdo permanecerá expuesto al público en la Secretaría de este Consejo Comarcal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ, a efectos de que los posibles interesados puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas, de forma que, si durante dicho período de información pública no se presentan reclamaciones contra la misma, dicho acuerdo de aprobación inicial quedará elevado automáticamente a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y en los artículos 125 a 133 del Decreto 347/2002, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, recogiendo dicho artículo 13, en su nuevo apartado quinto, el siguiente texto: -En el párrafo 3 del artículo 3, relativo a usuarios/as del servicio de comedor, se pretende incorporar un preaviso mínimo de cuarenta y ocho horas, quedando dicho texto con la siguiente redacción: «3. En situaciones especiales las familias podrán hacer uso del servicio de comedor días sueltos, siempre y cuando existan plazas disponibles y se avise al encargado del comedor con un mínimo de cuarenta y ocho horas». -En el párrafo 1 del artículo 6, relativo al calendario y horario del servicio de comedor, se pretende incorporar la siguiente modificación, quedando dicho texto con la siguiente redacción: «1. El servicio de comedor, funcionará durante todo el período lectivo del año escolar. En casos justificados la comisión de conciliación considerando las necesidades de los alumnos y a propuesta del equipo de Servicios Sociales, podrá modificar el citado calendario del servicio de comedor». -En el artículo 7, relativo a los beneficiarios del servicio de comedor, se pretende incorporar la siguiente modificación, cuyo texto aparece subrayado a continuación: «2. La unidad familiar cuya renta per cápita sea inferior a un tercio del IPREM, podrá obtener una cuota reducida al 60%; cualquiera que sea el número de hijos se les aplicará ese porcentaje. 3. 4. Los menores que tienen concedida beca de comedor de DGA se les cobrará el 100% del importe concedido por dicha beca. 5. Los beneficiarios del servicio que tienen concedida beca de comedor de DGA o bien, que por prescripción de Servicios Sociales disponen del servicio gratuito, deberán pagar al inicio del servicio diez euros como concepto de matrícula única». -En el artículo 8, relativo a los beneficiarios/as del servicio de comedor se pretende incorporar la siguiente modificación, cuyo texto aparece subrayado a continuación: «Serán beneficiarios/as del servicio de comida a mediodía, los alumnos que lo soliciten y que acudan al centro escolar donde radique el servicio de comedor». -En el artículo 11, relativo a las bajas, se pretende incorporar la siguiente modificación, cuyo texto aparece subrayado a continuación: «Podrán ser temporales o definitivas. Serán causa de baja: ..../... g) Situación problemática del menor, como faltas reiteradas, enfermedad infecciosa, etc. Las bajas referidas a los anteriores supuestos serán resueltas por la consejera de Servicios Sociales a propuesta de la comisión de conciliación». -En el artículo 14, relativo a los derechos y deberes de padres y alumnos, y más concretamente en el apartado de deberes de los padres, se pretende incorporar un párrafo c), cuyo texto aparece subrayado a continuación: «c) A colaborar con el personal del comedor en la tarea educativa de sus hijos, siendo modelo de referencia en cuanto a comportamiento social, equilibrio y madurez». Lo que se hace público para general conocimiento. Quinto, a 6 de noviembre de 2015. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.