Doña Raquel Cervero Pinilla, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número ...

Publicado el 11/05/2012 (Nº 105)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 3
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Texto completo:

Doña Raquel Cervero Pinilla, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 91/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de María Ioana Lipo e Ioan Claudiu Lipo contra la empresa Construcciones Arangusa, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: «Parte dispositiva: Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante María Ioana Lipo e Ioan Claudiu Lipo frente a Construcciones Arangusa, S.L., parte ejecutada, por importe de 17.719,41 euros en concepto de principal, más otros 2.000 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación. La ejecución se entenderá ampliada automáticamente si, en las fechas de vencimiento, no se hubieren consignado a disposición de este órgano judicial las cantidades correspondientes a los vencimientos que se produzcan. Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe. - El/la magistrado/a-juez/a. - El/la secretario/a judicial». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Arangusa, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecinueve de abril de dos mil doce. - La secretaria judicial, Raquel Cervero Pinilla.