Don Pablo Santamaría Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo Social número ...

Publicado el 13/04/2012 (Nº 83)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEPTIMA
Emisor: JUZGADO NUM. 7
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Texto completo:

Don Pablo Santamaría Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Zaragoza; Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de Pablo Uclés Rey contra Diversae 2004, S.L., en reclamación por cantidad, registrado con el número 74/2012, se ha acordado citar a Diversae 2004, S.L., y su representante legal, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 7 de Zaragoza (sito en calle Alfonso I, número 17) el día 8 de enero de 2013, a las 10:40 horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención al actor pueda este estar representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Asimismo se le advierte que la parte actora ha solicitado como prueba el interrogatorio de parte de la empresa demandada, y si no comparece se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda (art. 91.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). Y para que sirva de citación a Diversae 2004, S.L., y su representante legal, se expide la presente cédula para su publicación en el BOPZ y colocación en el tablón de anuncios, en Zaragoza a veintiséis de marzo de dos mil doce. - El secretario judicial, Pablo Santamaría Moreno.