Modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2000

Publicado el 21/01/2000 (Nº 14)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. - AYUNTAMIENTO
Emisor: TORREVELILLA

Texto completo:

El Pleno del Ayuntamiento con fecha 15 de noviembre de 1999 acordó la modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2000 en los términos que a continuación se relacionan. No habiéndose presentado reclamación alguna durante su exposición al público, en virtud de lo establecido en el art. 17.3 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se entiende definitivamente aprobado. 1¡.- Ordenanza reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos. Artículo 7¡.- Las cuotas a aplicar serán las siguientes: Por cada vivienda 3.000 pesetas/año. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 2¡.- Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado. Artículo 6¡.- Servicio de vertido: Cuota fija mantenimiento: 2.000 pesetas/año. Tarifa metro cúbico agua: 10 ptas./m3. Cuota enganche servicio: 10.000 pesetas. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 3¡.- Tasa por prestación de servicios de cementerio municipal. Artículo 7. 4. Nichos: Por la ocupación de cada nicho hasta 50 años: 40.000 pesetas (residentes) y 100.000 pesetas (no residentes). Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 4¡.- Ordenanza reguladora del precio público por el suministro de agua y mantenimiento. Cuotas: Servicio por contador: 70 pesetas/m3 de agua. Cuota mantenimiento: 3.000 pesetas/año. Cuota enganche servicio: 10.000 pesetas. Contador: 7.000 pesetas. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 5¡.- Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de voz pública. La cuantía del precio público por la difusión de noticias por medio de voz pública o pregonero será de doscientas pesetas (200), por cada recorrido o turno y por cada anunciante. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 6¡.- Precio público por la ocupación del dominio público con puestos, barracas, casetas y otras análogas. La cuantía por ocupación del dominio público será por puesto de 300 pesetas Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 7¡.- Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de piscina. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será la fijada en el apartado siguiente: TARIFA PISCINA MUNICIPAL. - Entradas días festivos: 300 pesetas. - Entradas días laborales: 200 pesetas.

- Abonos: De 4 a 14 años: 1.000 pesetas por persona/año. De 15 a 64 años: 2.000 ptas. por persona/año. De 65 años en adelante: 500 pesetas persona/año. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 8¡.- Ordenanza reguladora del precio público por rodaje y arrastre de vehículos no gravados en el I.V.T.M. La cuantía del precio público se establece en: Remolques: Cuota única: 1.100 pesetas/año. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 9¡.- Ordenanza reguladora del precio público por desagüe y canalones. La cuantía del precio público se establece en: 100 pesetas metro lineal al año. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 10º.- Ordenanza reguladora del precio público por tránsito de ganado por la vía pública. La cuantía a satisfacer será de 32 pesetas por cabeza de ganado ovino y caprino al año. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 11¡.- Ordenanza reguladora del precio público por elementos constructivos cerrados, terrazas, balcones... etc. La cuantía a satisfacer se establece en 200 pesetas por balcón y 400 pesetas por terraza al año. Disposición.- La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la provincia con fecha 1-1-2000. 12¡.- Ordenanza reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. a) TURISMOS: Pesetas - De menos de 8 C.F. 2.385 - De 8 a 12 C.F. 6.438 - De 12 a 16 C.F 13.592 - De 16 a 20 C.F. 16.930 - De más de 20 C.F. 21.152 b) AUTOBUSES: - De menos de 21 plazas 15.731 - De 21 a 50 plazas 22.405 - De más de 50 plazas 28.006 c) CAMIONES: - De menos de 1. 000 Kg. 7.987 - De 1.000 a 2.999 Kg. 15.931 - De más de 2.999 a 9.999: 22.405 - De más de 9.999 28.006 d) TRACTORES: - De menos de 16 C.F. 3.337 - De 16 a 25 C.F. 5.244 - De más de 25 C.F. 15.731 e) REMOLQUES: - De menos de 1. 000 Kg 3.337 - De 1.000 a 2.999 Kg. 5.244 - De más de 2.999 Kg. 15.731 f) OTROS VEHICULOS: - Ciclomotores: 835 - Motocicletas: - Hasta 125 CC. 835 - De 125 a 250 C.C. 1.430 - De 250 a 500 C.C. 2.860 - De 500 a 1.000 C.C. 5.720 - De más de 1.000 C.C. 11.440 Lo que se hace público a los efectos de establecido en el art. 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales. Torrevelilla, 30 de diciembre de 1999.-El Alcalde, Agustín Ruiz.