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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LLEVAR A CABO LA SELECCIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, Y COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, DE DOS PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TERUEL.

Publicado el 16/07/2014 (Nº 133)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Gerencia Municipal de Urbanismo de Teruel

Texto completo:

Con fecha 4 de julio de 2014, el Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Teruel, ha dictado el Decreto Nº. 866/2014, por el que se resuelve: Primero.- Aprobar las Bases para la selección de dos plazas de Técnico de Administración General, vacantes en la plantilla de funcionarios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2004, conforme al documento obrante en el expediente administrativo, que será debidamente diligenciado por la Secretaría de la Gerencia Municipal de Urbanismo. Segundo.- Dar publicidad de la aprobación acordada y de las propias Bases de Selección en el Tablón de Anuncios de Personal del Ayuntamiento de Teruel y de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en el Boletín Oficial de la Provincia, Sección BOA; e, igualmente, ordenar la publicación del extracto de la aprobación de la convocatoria de las presentes Bases en el BOE. Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo al Sr. Gerente de Urbanismo, Sr. Presidente de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Teruel, Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y Sr. Secretario General del Ayuntamiento de Teruel, a los efectos procedentes, adjuntando a los mismos un ejemplar de la Bases aprobadas debidamente diligenciadas.” Lo que le comunico para su conocimiento y efectos significándole que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante la Alcaldía- Presidencia del Ayuntamiento de Teruel, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. Teruel, a 9 de julio de 2014.- El Gerente de Urbanismo, Antonio J. Marín Jiménez. ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LLEVAR A CABO LA SELECCIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, Y COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, DE DOS PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TERUEL. PRIMERA.- NÚMERO, DENOMINACIÓN Y CARACTERISTICAS DE LAS PLAZAS CONVOCADAS.- Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante oposición libre, y como funcionario de carrera, de dos plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, incluida en la Oferta de Empleo Público de este organismo autónomo, correspondiente al año 2004. El número y características de la plaza que se convoca por oposición es el siguiente: - Número de plazas: 2.- Denominación: Técnico de Administración General.- Grupo A subgrupo A1.- sistema de provisión: Oposición libre. SEGUNDA.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias: Tener la nacionalidad española. También podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas: a.1) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. a.2) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. a.3) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. b) Tener cumplidos 16 años de edad. y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Titulación: Estar en posesión del título correspondiente a la plaza o en condiciones de obtenerlo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias. En el Anexo correspondiente se harán las especificaciones oportunas. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, acreditado mediante certificado médico expedido por facultativo colegiado. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. f) Los demás requisitos que señale en el Anexo. TERCERA.- SOLICITUDES: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.- En las instancias solicitando tomar parte en la referida oposición, los aspirantes deberán manifestar: - La plaza a la que optan. - Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria referida siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. - Que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa, de acuerdo con el Real Decreto 707/79, de 5 de abril. - Que aceptan en su totalidad y se someten a las bases que rigen la convocatoria. Se dirigirán al Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, presentándose en el Registro de Entrada de la Gerencia Municipal de Urbanismo o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las Bases íntegras de la presente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, como sección del BOA y en el Tablón de Anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo. A la instancia se acompañará: 1.- Fotocopia del D.N.I. 2.- Resguardo justificativo del pago de los derechos de examen y que deberá hacerse efectivo o por transferencia en la cuenta nº 0182 6229 21 0201507000 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, o el resguardo del giro postal o telegráfico. 3- Documento que acredite la Titulación exigida, de conformidad con lo establecido en la Base 2ª. c), mediante aportación de original o fotocopia debidamente compulsada. En el supuesto de que algún aspirante posea una discapacidad física que, en todo caso, no impida el desempeño de las correspondientes funciones de la plaza a la que opta y deseara solicitar la adaptación de tiempo y medios para la realización de alguno de los ejercicios de los que consta la prueba selectiva de que se trate, el aspirante deberá manifestarlo, por escrito, en la instancia en la que solicita formar parte de la prueba selectiva correspondiente, para lo cual, además, aportará: - Certificado expedido por el I.A.S.S. o Administración competente en otras Comunidades Autónomas, acreditativo de la minusvalía. - Informe emitido por el I.A.S.S. o Administración competente en otras Comunidades Autónomas, acreditativo de que la minusvalía que se padece no impide el normal desempeño de las correspondientes funciones de la plaza o plazas a las que se opta. - Informe emitido por el I.A.S.S. o Administración competente en otras Comunidades Autónomas, que determine la adaptación de tiempo y medios, en su caso, solicitado por el interesado o interesada. A la vista de lo anterior, y antes de tener inicio el primer ejercicio de la prueba selectiva, el Tribunal Calificador resolverá lo que estime pertinente. CUARTA.- ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Vicepresidencia de la Gerencia dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y Tablón de Anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Teruel, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes excluidos y del plazo concedido a efectos de formular recusaciones y determinando lugar y fecha de la celebración de la primera prueba de la oposición y orden de ejecución de la misma. En la misma resolución se indicará el nombre de los componentes del Tribunal. Esta publicación será determinante a efectos de posibles impugnaciones o recursos. En el supuesto de que no existieren reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin la necesidad de nueva publicación. QUINTA.- TRIBUNAL.- El Tribunal calificador estará constituido por su Presidente y cuatro vocales, de conformidad con el siguiente detalle: PRESIDENTE: El Secretario General del Ayuntamiento de Teruel o funcionario de carrera en quien delegue. VOCALES: Cuatro funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Teruel o de la Gerencia Municipal de Urbanismo, uno de los cuáles actuará, además, como Secretario del Tribunal. Los vocales habrán de ser funcionarios, deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para las plazas convocadas, respectivamente, en la misma área de conocimientos específicos, y deberán pertenecer al mismo grupo o grupos superiores. Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros. El Tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponda al grupo funcionarial en que se integre cada plaza. El Tribunal podrá ser auxiliado por asesores especialistas, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas. Estos asesores serán designados, en su caso, por el Presidente del Tribunal. SEXTA.- PRUEBAS DE OPOSICIÓN. CALIFICACIÓN.- Las pruebas selectivas a celebrar y sus programas se recogen en esta convocatoria en el Anexo correspondiente. Los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán eliminatorios, calificándose con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. Forma de calificación de los ejercicios. Cada ejercicio se calificará de la siguiente manera: 1. Cada miembro del Tribunal Calificador otorgará una puntuación, de 0 a 10. 2. De la puntuación otorgada por cada uno de los miembros del Tribunal se realizará la media aritmética. 3. El cociente obtenido se tomará como base para eliminar todas aquellas puntuaciones que difieran en más o en menos de dos puntos de la media obtenida. 4. De las puntuaciones restantes se efectuará la media aritmética, siendo ésta la puntuación del ejercicio. Las calificaciones de cada ejercicio, siempre que fuera posible, se harán públicas el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, así como en los locales donde, en su caso, se hayan realizado dichos ejercicios, publicándose únicamente la relación de aspirantes que hayan superado el ejercicio. La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios. El Tribunal queda facultado para fijar en un mismo día distintos ejercicios de la oposición, salvo que los aspirantes manifiesten por escrito, ante el Tribunal, su voluntad de que medien 72 horas entre la finalización de cada ejercicio y el comienzo del siguiente, inmediatamente tras la publicación de las calificaciones. SÉPTIMA.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.- Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Teruel, el nombre y apellidos del aspirante seleccionado, por orden de puntuación obtenida. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha propuesta junto con el acta de la última sesión, que también deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento. La propuesta de nombramiento del Tribunal calificador coincidirá o será igual al número de plazas convocadas; sin perjuicio, en su caso, de que pueda contemplar un número superior de aprobados, en aplicación de lo dispuesto en la base anterior, denominada “Sexta.- Pruebas de oposición. Calificación”. Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza vacante, en cumplimiento del principio de eficacia administrativa, de forma que la actuación del Tribunal calificador produzca sus efectos propios, y en el supuesto de renuncia del aspirante seleccionado, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente para efectuar el mismo, podrá requerir del Tribunal calificador una relación complementaria de aspirantes, que habiendo aprobado, sigan al propuesto, por orden de puntuación, para su posible nombramiento como funcionario de carrera. OCTAVA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESIÓN.- Los aspirantes propuestos para su nombramiento aportarán ante la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, dentro del plazo de veinte (20) días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y que son los siguientes: - Fotocopia compulsada del D.N.I. - Certificado médico expedido por facultativo colegiado. - Declaración jurada acreditativa de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente, esto es, no desempeñar ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el artº 1 de la Ley 53/1984, no realizar actividad incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad, no percibir pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de la Seguridad Social público y obligatorio, a los efectos previstos en el artículo 3.2) y en la disposición transitoria novena de la Ley 53/1984. - Fotocopia compulsada del título académico exigido - Los requisitos específicos de la plaza determinados en el Anexo. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo del que dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Cumplidos los requisitos precedentes, el órgano competente efectuará el nombramiento de los aspirantes propuestos, quienes deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde el sigu