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Acuerdo de actualización del plan estratégico de subvenciones para el ejercicio 2020

Publicado el 24/11/2020 (Nº 225)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Excmo. Ayuntamiento de Alcañiz

Texto completo:

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcañiz adoptado en sesión celebrada el día 18 de noviembre de 2020 se ha aprobado la actualización modificación 3ª del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 para el ejercicio 2020 cuyo texto se publica para general conocimiento y efectos. ACUERDO DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ (2020-2022) PARA EL EJERCICIO 2020 Visto que el Pleno del Ayuntamiento de Alcañiz aprobó en sesión de 7 de julio de 2020 el Plan Estratégico de Subvenciones (2020-2022) para el ejercicio 2020, en cumplimiento de lo estipulado en el art. 8.1 de la Ley General de Subvenciones (LGS) , y siendo objeto de publicación en el BOPT de 15 de julio de 2020. Visto que el Pleno del Ayuntamiento de Alcañiz aprobó en sesión de 7 de julio de 2020 el Plan Estratégico de Subvenciones (2020-2022) para el ejercicio 2020, en cumplimiento de lo estipulado en el art. 8.1 de la Ley General de Subvenciones (LGS) , y siendo objeto de publicación en el BOPT de 15 de julio de 2020. Vista la modificación nº 1/2020 del PES 2020-2022 acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Alcañiz el día 01/09/2020 y publicada en el BOPT de fecha 07/09/2020. Vista la modificación nº 2/2020 del PES 2020-2022 acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Alcañiz el día 03/11/2020 y publicada en el BOPT de fecha 06/11/2020. De acuerdo con el propio art. 8.1 de la LGS, los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, con el objetivo de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las sub­ venciones con las previsiones de recursos disponibles, con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual” con el fin de lograr que la gestión de las subvenciones se realice de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. El Plan Estratégico de Subvenciones tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Visto que la Entidad Local de Alcañiz está formado por el propio Ayuntamiento, el organismo autónomo Institución Ferial de Alcañiz y la Sociedad Mercantil Fomento de Alcañiz. Visto el Presupuesto de 2020 del Ayuntamiento de Alcañiz y la modificación de crédito 23/2020 de crédito extraordinario financiado con baja por anulación en otras aplicaciones presupuestarias por la que se incluye en el presupuesto una subvención nominativa a la Federación de Asociaciones de mujeres rurales (FADEMUR) por importe de 5.000 € con el fin de colaborar con la compra de la alimentos de explotaciones familiares del medio rural y su distribución a organizaciones sociales que atienden a cubrir las necesidades básicas de las familias en riesgo de exclusión social (231/48936). Visto el marco legal por el que se rigen las subvenciones que se concreta en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante (RLGS), la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como los artículos 224 a 226 de la Ley 7/1999, de Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, desarrollados en los artículos 177 a 190 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Obras y Servicios de las Entidades Locales de Aragón. Visto el Presupuesto del Ayuntamiento General de Alcañiz para el ejercicio 2020 y vista las Bases de Ejecución del Presupuesto y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcañiz. Por todo ello, el Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Actualizar el art 10 y 12 del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2020: La creación de una subvención nominativa a la Federación de Asociaciones de mujeres rurales (FADEMUR) por importe de 5.000 € con el fin de colaborar con la compra de la alimentos de explotaciones familiares del medio rural y su distribución a organizaciones sociales que atienden a cubrir las necesidades básicas de las familias en riesgo de exclusión social (231/48936, por importe de 5.000 €), subvención nominativa FADEMUR BANCO DE ALIMENTOS. ARTICULO 10. COSTES PREVISIBLES. El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consigna­ciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o los correspondientes convenios. Además su concesión quedará supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases regu­ladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos. Los importes correspondientes a cada línea de subvención se limitarán a la cantidad fija que asigne, anualmente, el Ayuntamiento en cada uno de los presupuestos y/o sus modificaciones de crédito. Los costes correspondientes al ejercicio son los que constan en cada una de las aplicaciones presupuestarias de los capítulos IV y VII del Estado de Gastos del presupuesto vigente, y que serán revisados y actualizados en cada ejercicio de acuerdo a sus respectivos presupuestos. Las subvenciones contempladas en el presupuesto del Ayuntamiento de Alcañiz del ejercicio 2020 con cargo al capítulo 4 de gastos en transferencias corrientes son las siguientes:

Programa Económica Descripción Importe 170 48903 CONVENIO ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANT 9.500,00 € 170 48912 SUBVENCION ASOCIACIONES DEFENSA MEDIOAMBIENTE 0,00 € 231 48001 SUBVENCIONES GAFAS 3.625,00 € 231 48007 SUBVENCIONES PROGRAMAS COOPERACIÓN AL DESARROLLO 0,00 € 231 48009 SUBVENCIÓN ASAPME BAJO ARAGÓN 5.000,00 € 231 48010 SUBVENCIONES EMERGENCIA ALIMENTICIA COVID19 3.010,00 € 231 48919 SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN FAMILIAS ENFERMOS ALZEHIMER 15.000,00 € 231 48932 SUBVENCIONES ACCION SOCIAL 0,00 € 231 48921 SUBVENCION CRUZ ROJA 4.000,00 € 231 48920 BECAS COMEDOR 15.000,00 € 231 48100 SUBVENCIÓN ADQUISICIÓN LIBROS EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA 10.000,00 € 231 48936 SUBVENCION NOMINATIVA FADEMUR BANCO DE ALIMENTOS 5.000,00 € 321 48901 SUBVENCIONES BIBLIOTECA CENTROS ESCOLARES 1.500,00 € 334 48901 SUBVENCIONES ASOCIACIONES ACTIVIDADES CULTURALES 17.000,00 € 334 48902 CONVENIO LAS CAÑAS 3.000,00 € 334 48903 SUBVENCIÓN CONVENIO UNIÓN MUSICAL NTRA.SRA. PUEYOS 11.000,00 € 334 48904 SUBVENCIÓN CONVENIO ASOCIACIÓN LIRA ALCAÑIZANA 8.000,00 € 334 48922 SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN "EL CACHIRULO" 8.000,00 € 337 48902 SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENTUD 8.000,00 € 337 48909 CONVENIO ASOCIACIÓN AMAS DE CASA "ERCÁVICA" 2.000,00 € 3380 48000 PREMIOS Y CONCURSOS FIESTAS 0,00 € 341 48905 SUBVENCIONES ASOCIACIONES ACTIVIDADES DEPORTIVAS 25.000,00 € 341 48907 SUBVENCIÓN CONVENIO ALCAÑIZ CLUB DE FÚTBOL 14.000,00 € 341 48918 SUBVENCIÓN AUTOMOVIL CLUB CIRCUITO GUADALOPE 0,00 € 341 48921 ALCAÑIZ CLUB PATIN 5.000,00 € 341 48924

CLUB DE JUDO 2.000,00 € 414 48900 SUBVENCIÓN SOCIEDAD DE CAZADORES 6.000,00 € 414 48901 CONVENIO ANTIGRANIZO COFRUVAL 10.000,00 € 432 48000 PREMIO CARTEL SEMANA SANTA 800,00 € 432 48901 CONVENIO COFRADÍA DEL NAZARENO 2.200,00 € 432 48905 CONVENIO COFRADÍA DE LA SOLEDAD 1.500,00 € 432 48931 CONVENIO COFRADÍA DEL SILENCIO 1.500,00 € 432 48907 CONVENIO COFRADÍA DEL SANTO ENTIERRO 1.500,00 € 432 48908 CONVENIO ASOCIACIÓN AMIGOS DEL TAMBOR 3.000,00 € 433 47001 PROGRAMA REACTIVA 350.000,00 € 433 48913 CONVENIO ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES 6.000,00 € 433 48914 CONVENIO ALCAÑIZ DE TIENDAS 6.000,00 € 433 48915 CONVENIO ASOCIACIÓN POLIGONO LAS HORCAS 10.000,00 € 433 48934 PROGRAMA COMERCIO BONOS CONSUMO CAMARA DE COMERCIO DE TERUEL 31.800,00 € 433 48935 PROGRAMA DIGITALIZACION EMPRESAS CAMARA DE COMERCIO DE TERUEL 0,00 €

604.935,00 €

Para el ejercicio 2020 las subvenciones previstas en el Presupuesto de la Institución Ferial de Alcañiz del ejercicio es el que se resume a continuación:

4312 47900 SUBV. NOM. CIUDAD DEL MOTOR MOTORLAND CLASSIC FESTIVAL 22.000,00 €

CAPÍTULO III. LÍNEAS DE SUBVENCIONES.

ARTICULO 12. ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS. 12.2- SUBVENCIONES EN MATERIA DE ASISTENCIA SOCIAL. 1.- Objetivo Estratégico: Contribuir a satisfacer las necesidades básicas de la población que en este ámbito son las relacionadas con la erradicación de la pobreza y la desigualdad, la alimentación, la vivienda, educación, servicios sociales o pequeñas infraestructuras. Destacar en 2020 las subvenciones para paliar los efectos de la crisis económica provocada por el COVID19. 2.- Objetivos específicos: Los especificados en cada línea de subvención. 3.- Plazo de ejecución: El Plazo de ejecución de estas líneas de subvención, tendrá carácter anual y/ o por curso escolar (septiembre a junio). 4.- Costes previsibles: Los costes previstos para los distintos ejercicios serán, hasta el máximo de las disponi­bilidades presupuestarias destinadas recogidas en el Presupuesto correspondiente. 5.- Fuentes de financiación: Las fuentes de financiación, y sin perjuicio de que las mismas puedan ampliarse en función de las subvenciones provenientes de otras administraciones y organismos, serán las procedentes del presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad y condicionado en su caso las anualidades futuras a su correspondiente dotación presupuestaria. La línea de subvenciones de GAFAS está financiado con aportaciones de la CAIXA (3.600,00 €). 6.- Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará por concurrencia com­ petitiva, y directamente para las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria o los convenios de colaboración que puedan firmarse para regular el otorgamiento de subvenciones nominativas. Líneas de actuación: 12.2.2.1.- Subvenciones para entidades sociales sin ánimo de lucro, con sede social en la localidad, que presten servicios a colectivos desfavorecidos de carácter diurno, residencial y/o terapéutico. La materialización de estos objetivos se concreta en las siguientes subvenciones: Subvención A.T.A.D.I/A.L.B.A.D.A (capítulo VII). Subvención A.S.A.P.M.E. Subvención A.F.E.D.A.B.A. Subvención Cruz Roja. Subvención nominativa FADEMUR. Procedimiento de concesión: Convenios nominativos con asociaciones locales.

231 48009 SUBVENCIÓN ASAPME BAJO ARAGÓN 5.000,00 € 231 48919 SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN FAMILIAS ENFERMOS ALZEHIMER 15.000,00 € 231 48921 SUBVENCION CRUZ ROJA 4.000,00 € 231 48936 SUBVENCION NOMINATIVA FADEMUR BANCO DE ALIMENTOS 5.000,00 € 231 78007 SUBVENCIÓN ATADI (CENTRO ALBADA) 9.000,00 €

Asimismo, existe una partida genérica 231/48932

231 48932 SUBVENCION ACCION SOCIAL 5.000,00 €

Esta partida genérica es para subvenciones de acción social mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

SEGUNDO.- Publicar la presente modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, en la página web del Ayuntamiento conforme a lo previsto en la normativa sobre Transparencia. TERCERO.- Dar traslado a los departamentos directamente implicados.

En Alcañiz.-EL ALCALDE-PRESIDENTE, Ignacio Urquizu Sancho.