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Bases que regirán la convocatoria para la formación de una Bolsa de Empleo para nombramientos interinos para cubrir necesidades temporales en la categoría de Técnico Deportivo

Publicado el 27/04/2022 (Nº 79)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Alcañiz

Texto completo:

Aprobadas por Resolución de Alcaldía de 19 de abril de 2022 las bases que regirán la convocatoria para la formación de una Bolsa de Empleo para nombramientos interinos para cubrir necesidades temporales en la categoría de Técnico Deportivo, por el presente se procede a su publicación. Alcañiz, a diecinueve de abril de dos mil veintidós

La Secretaria,

BASES PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTOS COMO PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO DE TÉCNICOS DE DEPORTES PARA CUBRIR NECESIDADES TEMPORALES

1.- OBJETO

Es objeto de las presentes bases la regulación del procedimiento para la formación de una bolsa para nombramiento de personal funcionario/a interino/a, para cubrir las necesidades temporales que surjan en el puesto de Técnico Deportivo correspondiente con el número 66 de la RPT.

2.- TIPO Y CARACTERÍSTICAS DEL NOMBRAMIENTO

Las personas integrantes de la bolsa serán llamadas por su orden de puntuación al objeto de su nombramiento como personal funcionario/a interino/a, para prestar servicios en el Servicio Municipal de Deportes con la jornada y duración adecuada a las necesidades que motiven el nombramiento en cada caso. El nombramiento se extinguirá cuando cese la necesidad que lo justificó. El horario y las restantes condiciones de empleo serán las establecidas por el Ayuntamiento.

3.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Ser español/a, ciudadano/a de la Unión Europea o extranjero/a con residencia legal en España.

- Tener cumplidos 16 años y no exceder de 65 años.

- Estar en posesión del título de Técnico Superior en Actividades Físicas y Deportivas, Diplomatura en Magisterio, especialidad Educación Física o Licenciatura en Ciencias de la Educación Física y del Deporte o equivalentes.

- Carne de Socorrismo acuático

- Carné de conducir B1

- Certificado de antecedentes penales actualizado.

- Tener la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para ser contratado/a por la Administración.

4.- SISTEMA DE SELECCIÓN

La selección se efectuará mediante concurso-oposición. Las personas aspirantes que no comparezcan para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, a la hora fijada, quedarán decaídos en sus derechos, salvo en las situaciones de hospitalización, embarazo o parto coincidentes con el día de la celebración de las pruebas.

5.- FASE DE CONCURSO

El Tribunal valorará a las personas aspirantes mediante la puntuación obtenida según establece el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario:

Valoración en el trabajo

- Por cada año de desempeño en servicio activo de un puesto de trabajo con igual o superior nivel al del puesto solicitado, en la Administración Pública: 0,24 puntos.

- Por cada año de desempeño en servicio activo de un puesto de trabajo con nivel no inferior en más de dos niveles al nivel del puesto solicitado, en la Administración Pública: 0,20 puntos.

- Por cada año de desempeño en servicio activo de un puesto de trabajo con nivel inferior en más de dos niveles al nivel del puesto solicitado, en Administración Pública: 0,14 puntos.

- La puntuación máxima a alcanzar en este apartado será de 3 puntos.

Formación

Se valorará de acuerdo al siguiente baremo:

1. Por cursos de formación y perfeccionamiento realizados por los aspirantes, impartidos por centros oficiales o debidamente homologados, en calidad de alumnos o impartidores, que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, se valorarán cada uno de ellos de la siguiente forma: Cursos: 0,005 puntos por hora. Se establece una equivalencia de 1 crédito = 10 horas. La puntuación máxima por todos los cursos será 2 puntos.

2. Titulación académica. La titulación académica oficial (o equivalente) y acorde a las características del puesto, se valorará conforme al siguiente baremo, no siendo acumulable y hasta de un máximo de 2 puntos. –

- Doctorado: 2 puntos.

- Master, Postgrado o equivalente. Duración de dos años: 1,60 puntos. Duración de un año: 1,40 puntos.

- Grado, o Licenciatura equivalente, 1,20 puntos.

- Diplomatura o equivalente, 0,80 puntos

6.- FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición constará de dos ejercicios prácticos. Cada uno de ellos se calificará de 0 a 10 puntos debiendo obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Uno de los ejercicios versará sobre el bloque de actividades infantiles y el segundo ejercicio sobre el bloque de actividades para adultos.

Deberán exponer una única sesión de los temas seleccionados al azar y responder a las preguntas que el tribunal considere oportunas sobre la actividad, en el tiempo máximo de una hora.

- Bloque de temas de actividades infantiles: Natación para bebés. Natación infantil desde 3 años a 16 años. Atletismo. Polideportiva. Preparación física adolescentes. Acondicionamiento físico acuático para adolescentes.

- Bloque de temas de actividades para adultos: Gimnasia de mantenimiento. Natación terapéutica. Gimnasia terapéutica. Spinning*. Preparación física. GAP. Core. Natación. Acondicionamiento físico acuático

El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

7.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ACREDITACIÓN DE MÉRITOS

Las personas interesadas presentarán solicitud dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento, conforme al modelo que se inserta como anexo a estas bases, acompañando fotocopia compulsada del DNI, y en su caso tarjeta de identidad y permiso de residencia en España, declaración jurada sobre su aptitud para desempeñar el trabajo y de no haber sido separado/a del servicio de la Administración Pública por causa de expediente disciplinario, y copia compulsada del certificado acreditativo de la titulación exigida, de la experiencia laboral previa y de la documentación acreditativa de los méritos que alegue.

El plazo para la presentación de instancias finalizará a los QUINCE días de la publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia.

8.- LISTA DE PERSONAS ADMITIDAS, COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Y VALORACIÓN DE MÉRITOS

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a resolver sobre las personas admitidas y excluidas provisionalmente concediendo plazo de cinco días para subsanación de deficiencias.

Los tribunales de selección se constituirán de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del EBEP. Los tribunales que se constituyan estarán integrados por un Presidente/a, y cuatro personas miembros vocales, una de las cuales actuará como Secretario/a. Las personas vocales habrán de ser funcionarios/as de carrera que posean una titulación igual o superior a la requerida para los puestos de trabajo que deban proveerse, siendo la mayoría de las personas miembros del tribunal pertenecientes al área profesional especifica del puesto de trabajo convocado. Su nombramiento corresponderá al Presidente del Ayuntamiento, siendo uno de las personas vocales nombrada a propuesta de la Junta de Personal.

De la celebración de la sesión se levantará acta que contendrá la relación de las personas aspirantes admitidas por su orden de puntuación.

Para proceder a los nombramientos, se contactará telefónicamente con las personas aspirantes presentadas a este procedimiento, por su orden de puntuación, efectuando nombramiento a favor de las personas disponibles en ese momento. Las personas que rechacen una oferta de trabajo sin acreditar causa que lo justifique quedarán automáticamente excluidas de la bolsa de trabajo. Las personas que justifiquen adecuadamente la imposibilidad de la prestación pasarán a ocupar el último lugar de la bolsa.

9.- NOMBRAMIENTO

El Sr. Alcalde, mediante Resolución, acordará el nombramiento de la persona propuesta, que deberá tomar posesión en el plazo que se le señale.

Para los sucesivos nombramientos, se dejará constancia en el expediente de las llamadas efectuadas y de las contestaciones dadas por las personas aspirantes, según lo establecido en Pacto de funcionarios

10.- INCIDENCIAS

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten en el proceso de selección y para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de éste, en todo lo no previsto en estas bases. La bolsa que resulte de esta selección tendrá vigencia máxima de dos años, quedando automáticamente derogada en caso de celebración de pruebas selectivas para provisión definitiva de vacantes. en cuyo caso las personas aspirantes que habiendo superado los ejercicios de oposición no resulten seleccionadas constituirán nueva bolsa.

11.- RECURSOS

Contra la convocatoria de estas pruebas, las presentes bases y sus actos de aplicación podrán interponerse los recursos previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

12.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA

Para todo lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación la normativa aplicable con carácter general para la selección de personal funcionario de carrera, en lo que sea compatible con la naturaleza temporal de los nombramientos regulados en esta convocatoria.

ANEXO

MODELO DE INSTANCIA

D/Dña.............................................................................., con DNI

núm. ....................... y

domicilio a efectos de notificaciones en

.......................................................................

............................................. y teléfono ....................

EXPONGO:

Que he tenido conocimiento de la formación de bolsa de empleo para nombramientos como funcionario interino para cubrir las necesidades temporales que surjan en el puesto de Técnico Deportivo.

Que reúno todos los requisitos exigidos en la convocatoria para participar en dicha convocatoria, adjuntando a la presente instancia la documentación exigida en la base 5ª de la convocatoria.

Que no he sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni estoy inhabilitado/a para ser contratado/a por la Administración y tengo capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias del puesto convocado.

Que acompaño justificantes de los méritos a efectos de su valoración.

Por todo ello, SOLICITO:

Ser admitido/a en el procedimiento para la selección de personal para cubrir las necesidades temporales que surjan en el puesto de Técnico Deportivo.

En , a de de 2022.

SR. ALCALDE DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ