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Tasa por suministro de agua potable, alcantarillado y canon de saneamiento, 1er trimestre 2012

Publicado el 25/05/2012 (Nº 98)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Calaceite

Texto completo:

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y CANON DE SANEAMIENTO. NOTIFICACIÓN COLECTIVA Y ANUNCIO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA Y PERIODO VOLUNTARIO DE COBRANZA CORRESPONDIENTE AL PRIMER TRIMESTRE DE 2012. Por Decreto de la Alcaldía número 078/2012, de fecha 11 de mayo de 2012 se ha aprobado y dispuesto el trámite de información pública del padrón de la Tasa por Suministro de Agua Potable, Tasa por servicio de alcantarillado y Canon de saneamiento, correspondiente al primer trimestre de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 88 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza. Exposición pública: Dicho padrón se encuentra expuesto al público durante un periodo de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial" de la provincia. Plazo de ingreso: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y con el art. 10.2 del Reglamento regulador del Canon de Saneamiento, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de cobranza en el “Boletín Oficial” de la provincia. Lugar y forma de pago: El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada a tal efecto en horario de atención al público de las mismas, o mediante cualquier otro medio de pago legal aceptado por Aquagest P.T.F.A., S.A. Los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla a la empresa Aquagest P.T.F.A., S.A., sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio: Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora y costas del procedimiento. Régimen de recursos: Tasas por el suministro de agua potable y por la prestación del servicio de alcantarillado (la liquidación no agota la vía administrativa): - Recurso de reposición ante esta alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso administrativo ante el juzgado de dicha jurisdicción en Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa y si no lo fuese, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. Canon de saneamiento (la liquidación no agota la vía administrativa): - Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de finalización del periodo voluntario de cobranza. - Reclamación económico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la finalización del periodo voluntario de cobranza, en su caso, al de la notificación expresa o presunta de la resolución del recurso previo de reposición; contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de la reclamación si fuese expresa, y si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto. No podrá simultanearse la interposición del recurso de reposición y la reclamación económico administrativa. Calaceite, 11 de mayo de 2012.-El Alcalde, José Mª Salsench Mestre.