Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de la Comarca de Gúdar Javalambre sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de actividades deportivas, ocio y tiempo libre.

Publicado el 17/02/2016 (Nº 32)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Comarca de Gúdar-Javalambre

Texto completo:

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de la Comarca de Gúdar Javalambre sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS, OCIO Y TIEMPO LIBRE DE LA COMARCA DE GÚDAR JAVALAMBRE, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Acuerdo que literalmente dice: “PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Actividades Deportivas, Ocio y Tiempo libre de la Comarca de Gúdar Javalambre en los términos en que figura en el expediente y con la redacción que a continuación se recoge: Artículo 5.- 1.- Las Tasas a aplicar en la prestación del servicio será la siguiente, ACTIVIDADES COMPETENCIA COMARCAL PERIODO IMPORTE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Juegos Escolares Anual 55,00 € Fútbol Sala de Adultos Anual 55,00 € Escuelas Deportivas Anual 55,00 € (en el caso de varias actividades el resto 40€ por actividad) ACTIVIDADES ADULTOS Gimnasia de Mantenimiento Trimestral 55,00 € Gerontogimnasia Trimestral 55,00 € Aeróbic y Actividades Técnicas Trimestral 55,00 € ACTIVIDADES DE VERANO Cursos de Verano, Natación 1 semana 18,00 € Cursos de Verano, Natación 2 semanas 34,00 € Cursos de Verano, Natación 3 semanas 36.00 € Campus de Verano 1 semana 18,00 € Campus de Verano 1 mes 60,00 € SEGUNDO. Someter dicha modificación a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Comarca, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. TERCERO. Facultar a la Sra. Presidenta para suscribir y firmar toda clase de documentos

relacionados con este asunto.” Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón En Mora de Rubielos a 1 de febrero de 2016.- LA PRESIDENTA, Fdo. Yolanda Sevilla Salvador.