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Bases y convocatoria que han de regir la selección de funcionario interino para provisión temporal por causa de baja por enfermedad de su titular del puesto de Técnico Medio Ambiente.

Publicado el 17/02/2016 (Nº 32)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Alcañiz

Texto completo:

Aprobadas por Resolución de Alcaldía de cinco de febrero de dos mil dieciséis las bases y convocatoria que han de regir la selección de funcionario interino para provisión temporal por causa de baja por enfermedad de su titular del puesto de Técnico Medio Ambiente por el presente se procede a su publicación. Alcañiz a cinco de febrero de dos mil dieciséis.- El Secretario General. BASES DE SELECCIÓN QUE HAN DE REGIR LA PROVISIÓN, CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO INTERINO, DE UN PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN. PRIMERA.- DENOMINACIÓN, Y REQUISITOS INDISPENSABLES PARA EL DESEMPEÑO DEL PUESTO DE TRABAJO A CUBRIR.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión, con carácter interino hasta la reincorporación de su titular, mediante el procedimiento de concurso- oposición libre, de una plaza de Técnico medio de Medio Ambiente, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Alcañiz y adscrita al Área de Urbanismo, Obras y Medio Ambiente. SEGUNDA.- REQUISITOS QUE DEBEN DE CUMPLIR LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la convoca­toria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al último día del plazo de presentación de instancias: - Estar en posesión de Diplomatura o Grado en cualquier especialidad del área de Ciencias o Ingeniería Técnica. - No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, acreditada dicha circunstancia mediante certificado médico, expedido por facultativo colegia­do. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administra­ciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. - Acreditar formación o experiencia en Ofimática Básica. - Acreditar formación en normativa medioambiental. - Cumplir los requisitos establecidos, según el caso que resulte aplicable, en los artículos 56 y 57 del Es­tatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007 de 12 de abril. TERCERA.- PUBLICIDAD DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.- Las bases íntegras y la presente convoca­toria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, página web del Ayuntamiento de Alcañiz, “www.alcaniz.es”, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Alcañiz. CUARTA.- SOLICITUDES: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.- En las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento convocado, los aspirantes deberán manifestar: - Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. - Que aceptan en su totalidad y se someten a las bases que rigen la presente convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Alcañiz, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi­nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez (10) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. A la instancia se acompañará: - Fotocopia del D.N.I. del aspirante. - Título académico y justificantes de cumplimiento de los requisitos exigidos de formación y/o experiencia. - Documentos acreditativos de los “MÉRITOS”, señalados en la Base 7º del presente documento. - Justificante de pago de los derechos de examen que ascienden a 7,00 euros que deberán ser ingresados en la cuenta ES38/0049/2313/64/1110114390 del Banco de Santander a nombre del Ayuntamiento de Alcañiz (especificando “Concurso-Oposición Técnico Medio Ambiente). No se admitirá documentación acreditativa de méritos una vez expirado el plazo para la presentación de instancias. Los documentos presentados por los aspirantes que no especifiquen horas o créditos de formación no serán objeto de valoración. QUINTA.- ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución

se publicará en la página web del Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios, con expresión del plazo de subsanación de deficiencias que se concede a los aspirantes excluidos y del plazo concedido a efectos de formular recusaciones a los miembros del Tribunal. En la misma resolución se indicará la composición del Tribunal Calificador. Transcurrido el plazo concedido se dictará Resolución definitiva a la vista de las alegaciones presentadas y se señalará lugar, día y hora de inicio de los ejercicios de la oposición. SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal Calificador estará constituido por 5 funcionarios uno de los cuales será designado entre personal funcionario del Ayuntamiento a propuesta de la Junta de Personal. Tanto los Vocales como el Presidente deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para el puesto de trabajo convocado, y deberán pertenecer como mínimo al mismo subgrupo de clasificación A2. y la mayoría, al menos, a la especialidad correspondiente a la plaza que se convoca. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de tres de sus miembros. El Tribunal Calificador queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan. El Tribunal Calificador tendrá la categoría que corresponda al grupo funcionarial en que se integra el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria. SÉPTIMA.- PRUEBAS SELECTIVAS Y VALORACIÓN DE MÉRITOS. El orden final de los aspirantes vendrá determinado por la suma de la puntuación obtenida en las fases de oposición y méritos. Con carácter previo a la valoración de méritos, se realizarán los ejercicios propuestos para la fase de oposición. La superación de la fase de oposición será requisito necesario para poder proceder a la valoración de los méritos aportados. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de la oposición. Fase de la oposición: Constará de dos ejercicios. Esta fase tendrá una puntuación máxima de 20 puntos y sus ejercicios tendrán carácter eliminatorio 1º Consistirá en contestar por escrito en un período máximo de 2 horas, un cuestionario tipo test de entre 50 y 75 preguntas, con cuatro respuestas alternativas. Será valorado hasta 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener al menos un 5. No penalizarán las respuestas incorrectas. 2º Consistirá en el desarrollo, en un período máximo de 2 horas, de un tema genérico o bien resolución de un supuesto práctico que estará relacionado con el Temario a propuesta del Tribunal . Se valorará hasta 10 puntos siendo necesario obtener como mínimo un 5 para superarlo. Para su resolución los aspirantes podrán contar con textos legales, repertorios de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos. No se permitirá la utilización o consulta de libros que contengan formularios o los de resolución de casos prácticos, ni apuntes personales. En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable. El tribunal podrá determinar que los ejercicios sean leídos por los aspirantes, siendo pública la lectura en tal caso y realizándose en los días y horas que señale. En dicho supuesto, el aspirante deberá atenerse, estrictamente, a la lectura literal del ejercicio realizado, sin alterar, añadir u omitir ninguna palabra o texto del mismo. El tribunal estará facultado para disponer la exclusión del aspirante que no se atuviere a dichos requisitos. En cualquier caso, el tribunal, antes de la lectura del ejercicio, recordará al aspirante tal obligación. El Tribunal Calificador determinará la identidad de los aspirantes que superan cada ejercicio y la nota numérica que obtengan. Aquellos aspirantes que no superen cada ejercicio serán calificados como “no aptos” y quedará concluida su participación en este procedimiento selectivo. Fase de Concurso: CONCURSO MÉRITOS.- Una vez superados los ejercicios de la oposición, la valoración de méritos del concurso, documentalmente justificados se acumularán a quienes hubieren aprobado los ejercicios de la oposición. (los servicios prestados se acreditarán mediante certificación con expresión de jornada, completa y reducida) , será la siguiente: a.- Experiencia: Por cada año de desempeño en servicio activo de un puesto de trabajo similar al ofertado en la Administración Pública, con igual o superior nivel al nivel del puesto

solicitado: 0,24 puntos. Por cada año de desempeño en servicio activo de un puesto de trabajo similar al ofertado en la Administración Pública con nivel no inferior en más de dos niveles al nivel del puesto solicitado: 0,20 puntos. Por cada año de desempeño en servicio activo de un puesto de trabajo similar al ofertado en la Administración Pública con nivel inferior en más de dos niveles al nivel del puesto solicitado: 0,14 puntos. Por cada año de trabajo en puestos de categoría equivalente a la que se oferta en la empresa privada: 0,07 puntos. La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos. b) Titulación: La titulación académica oficial y acorde a las características del puesto, se valorará conforme al siguiente baremo, no siendo acumulable. No se valorará la titulación presentada como requisito para presentarse ni aquellas inferiores pero necesarias para la obtención de la titulación superior. Doctorado.- 1 punto Licenciado.- 0,80 puntos. Diplomado.- 0,60 puntos. Título de FP Técnicos Superior o de Segundo Grado o Grado Superior o Bachiller o equivalentes 0,40 puntos. FP de primer Grado, Graduado Escolar, Ciclo de grado Medio o equivalente.- 0,10 puntos. La puntuación máxima por titulación será de 1 punto. c) Valoración de cursos: Por cursos de formación y perfeccionamiento realizados por los aspirantes, en calidad de alumnos o impartidores, que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, se valorarán cada uno de ellos de la siguiente forma: Cursos de hasta 20 horas, 0,10 puntos por curso. Cursos de 21 a 40 horas, 0,20 puntos por curso. Cursos de 41 a 60 horas, 0,30 puntos por curso. Cursos de 61 a 80 horas, 0,40 puntos por curso. Cursos de 81 a 200 horas, 0,50 puntos por curso. Cursos de más de 201 horas, 0,60 puntos por curso. La puntuación máxima por todos los cursos será de 2 puntos. d) Permiso de conducir clase B: 0,20 puntos. OCTAVA.- BOLSA DE TRABAJO Los aspirantes que habiendo superado la fase de oposición no resulten objeto de nombramiento constituirán una Bolsa de Trabajo para futuros nombramientos interinos por el orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo. El funcionamiento y gestión de dicha Bolsa se realizará de conformidad con las normas aprobadas por el Ayuntamiento. PROGRAMA. PARTE GENERAL Tema 1.- Las Entidades Locales. Organización, funcionamiento y competencias. Tema 2.- La provincia. Especial referencia a las competencias de las diputaciones provinciales y de sus órganos de gobierno. Tema 3.- La Comarca en Aragón. Tema 4.- El personal de servicios de las Entidades Locales. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Contenido de la relación funcionarial. Deberes y derechos de los funcionarios. Los derechos económicos. La Seguridad Social de los funcionarios. Tema 5.- Las Comunidades Autónomas. Evolución histórica. Relaciones entre Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local. Organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. Tema 6.- Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes de Derecho público. La Ley: Clases de Leyes. Tema 7.- La Unión Europea. Origen y evolución, organización y competencias. Los fondos estructurales. Incidencia en las Corporaciones locales. Tema 8.- El procedimiento administrativo. Tema 9.- La competencia administrativa Tema 10.- Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias. PARTE ESPECIAL Tema 1.- El medio ambiente. Concepto y aspectos principales. El medio ambiente en la Constitución Española. Organización administrativa en materia de medio ambiente en España. Distribución de competencias. Tema 2.- Evolución y principios del Derecho Ambiental de la Unión Europea. Los programas comunitarios de política y actuación en materia de medio ambiente. Tema 3.- Principal normativa medioambiental existente en Aragón. Leyes de caza, pesca y vías pecuarias. Tema 4.- El municipio y el medio ambiente en la legislación reguladora del Régimen Local. Competencias de las Corporaciones Locales. Tema 5.- Derecho ambiental e intervención administrativa para la protección del medio ambiente. Tema 6.- Auditoria de sostenibilidad municipal. Concepto. Aspectos municipales a contemplar en una auditoria en un municipio. Tipología y características de los indicadores de sostenibilidad. Tema 7.- La educación

ambiental. Fines y objetivos. Sensibilización ambiental: planificación, objetivos, recursos, evaluación. La Estrategia Aragonesa de Educación Ambiental (EAREA). Tema 8.- El medio ambiente y el desarrollo. El desarrollo sostenible. Los instrumentos financieros del medio ambiente. Las ecotasas. Subvenciones y ayudas. Tema 9.- Evaluación ambiental de planes y programas. Especial referencia al planteamiento urbanístico . Tema 10.- La evaluación de impacto ambiental. Actividades y proyectos sometidos a dicho procedimiento. Especial referencia a la normativa aragonesa. Tema 11.- Los planes urbanísticos. Clases y determinaciones, especialmente en relación con el medio ambiente. Los planes con base territorial y el medio ambiente. Tema 12.- El suelo no urbanizable. Concepto y categorías. El suelo no urbanizable sujeto a especial protección. Normativa de la comunidad autónoma de Aragón. Tema 13.- El Plan General de Ordenación Urbana de Alcañiz. Clasificación y calificación del suelo. Tema 14.- La Protección Civil. Especial referencia para todos los aspectos con incidencia ambiental. Extinción de incendios. Situaciones de riesgo ambiental. Tema 15.- Los delitos ecológicos. Los delitos urbanísticos y contra la ordenación del territorio. Tema 16.- Plagas avícolas. Métodos de control de plagas. Tema 17.- Principal normativa relativa a la calidad del aire y protección de la atmósfera. Calidad del aire y control de las emisiones. Vigilancia y seguimiento. Tema 18.- Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. Control de emisiones. Tema 19.- Biodiversidad. Concepto. Conservación de la biodiversidad. Especies protegidas. Normativa europea, española y aragonesa. La Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Tema 20. Los Vertidos al dominio hidráulico: contaminación de las aguas. Tratamiento y depuración. Carga contaminante. Planes de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas, con especial referencia a la Comunidad Autónoma de Aragón. Ordenanza Municipal sobre aguas residuales. Tema 21. La calidad de las aguas. La calidad del agua destinada al consumo y al baño. Tema 22. El suelo: erosión y desertización. Contaminación del suelo y actividades industriales, agrícolas y ganaderas. Tema 23.- Ecosistema: clasificación de los ecosistemas. Diversidad y biodiversidad: distribución y conservación. Tema 24.- Los montes: clasificación, aprovechamiento y protección. Los incendios y las plagas forestales. Tema 25.- Autorización ambiental integrada. Licencia ambiental de actividades clasificadas. Licencia de inicio de actividad. Tema 26.- Contaminación y salud pública. Cambios ambientales y riesgos para la salud humana. Tema 27.- Principales tipos de contaminantes ambientales. Origen y efectos de los mismos. Tema 28.- Sistemas de Gestión Medioambiental. La Norma ISO 14001 y Reglamento EMAS. Tema 29.- Los residuos. Concepto y clases de residuos. La gestión de los residuos:principios y objetivos. Los planes nacionales y autonómicos de residuos, con especial referencia a Aragón. Tema 30.- Los residuos urbanos. La recogida y gestión de los mismos. Tema 31.- Los residuos peligrosos. Concepto y clasificación de los mismos. Gestión realizada en Aragón. Tema 32.- Residuos especiales: neumáticos fuera de uso, materia orgánica residual y residuos de construcción y demolición. Otros residuos. Voluminosos y enseres: recogida, clasificación y tratamiento. Residuos ganaderos: usos autorizados, tratamientos. Especial referencia a la gestión en Aragón. Tema 33.- Contaminación acústica. Zonificación acústica. Mapas de ruido y planes de acción. La Ordenanza municipal sobre ruidos-vibraciones. Radiaciones electromagnéticas: Problemática y competencias Tema 34.- Espacios verdes públicos. Legislación. Ubicación y diseño. Clasificación de zonas verdes. Importancia de las zonas verdes. Tema 35.- Xerojardinería: definición y objetivos, selección de especies. Eficiencia de los diferentes sistemas de riego. Terrazas y tejados verdes: características de la vegetación, impermeabilización y soporte de plantas. Tema 36.- La participación y el acceso a la información de los ciudadanos para la protección del medio ambiente.” Tema 37. Parques y jardines. Distribución y situación. Elementos: especies vegetales más usuales, árboles, arbustos, céspedes urbanos. Mobiliario urbano. Arbolado urbano en las calles, jardineras. Tema 38. Jardinería. Mantenimiento de

zonas verdes: poda, riegos, abonado, Principales problemas relacionados con los parques. Tema 39. Limpieza viaria. Modelos de gestión. Formas de barrido o limpieza. Papeleras, pipi-can. Tema 40. Ordenanzas Municipales de Protección Ambiental de Alcañiz.. Tema 41. Ley aragonesa de protección animal. Ordenanza municipal sobre tenencia y protección de animales domésticos. Animales peligrosos. Tema 42. Ley aragonesa sobre establecimientos públicos. Tema 43.- La Ley aragonesa de protección ambiental de Aragón: Contenido y problemática.