Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Procedimiento sancionador Producciones Bolamar, S.L.

Publicado el 13/05/2015 (Nº 88)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Transportes y Sanciones

Texto completo:

En el seno del expediente nº 170/2015, en relación con el procedimiento sancionador incoado a Producciones Bolamar, S.L. (representantes D. Alfredo José Roselló Vera y D. José Luis Calvé Gómez), por infracción de la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, de las Cortes de Aragón, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, por incumplimiento del horario de cierre de establecimiento, se intentó notificar el Decreto de Alcaldía-Presidencia nº 398/2015, de fecha 6 de abril de 2015, a D. José Luis Calvé Gómez, sin que se pudiera practicar dicha comunicación a D. José Luis Calvé Gómez, uno de los dos representantes de “Producciones Bolamar, S.L.”. Por lo tanto a efectos de notificación del expresado Decreto se ha de practicar la comunicación través de edictos y del Boletín Oficial de la Provincia. De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el apartado 1º del presente artículo, o bien intentada la notificación, no se hubiera podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio conocido y en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar y el ámbito territorial del órgano que lo dictó. De esta manera, se notifica a D. José Luis Calvé Gómez, uno de los dos representantes de “Producciones Bolamar, S.L., el contenido de la parte dispositiva del antedicho Decreto municipal, cuyo tenor literal es el siguiente: “Primero.- Sancionar a Producciones Bolamar, S.L., con CIF B44257665 (representantes, D. Alfredo José Roselló Vera, con DNI 26800215V, y D. José Luis Calvé Gómez, con DNI 18439899V), por los motivos señalados en el expositivo, con una multa en el importe de 601 Euros. Segundo.- Notificar la presente resolución a Producciones Bolamar, S.L., a través de sus representantes, D. Alfredo José Roselló Vera y D. José Luis Calvé Gómez, respectivamente. Tercero.- Comunicar la presente resolución, a los efectos procedentes, al Sr. Concejal Delegado del Servicio de Policía Local, al Sr. Intendente de la Policía Local, a la Unidad de Servicios Generales y Control Urbanístico de la Gerencia Municipal de Urbanismo, a la Unidad de Ingresos Municipales, y a las Sras. Instructora y Secretaria del procedimiento.” Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, significándole que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución cabrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en la Ciudad de Teruel, de conformidad con los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 14.1 segunda de la expresada Ley 29/1998. Teruel, a 24 de abril de 2015.- El Alcalde, Manuel Blasco Marqués.