Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Afectados por el expediente de expropiación individual

Publicado el 13/01/2020 (Nº 7)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Teruel

Texto completo:

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2019, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo: Primero.- Aprobar definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación individual para la obtención de parte de la finca catastral nº 0982205XK6608S0001LS, sita en C/ Dolores Romero n.º 44, con la finalidad de obtener los terrenos destinados por el planeamiento a Sistema General Equipamiento Comunitario del Plan General de Ordenación Urbana de Teruel, que sigue el expediente administrativo 96/2018-PLANURB. Todo ello de conformidad con el siguiente detalle: Finca afectada SITUACIÓN.- C/ DOLORES ROMERO NÚM. 44. FINCA.- 0982205XK6608S0001LS. SUPERFICIE AFECTADA POR LA EXPROPIACIÓN.- 1.138,57 m². LINDEROS DE LA FINCA EXPROPIADA: NORTE: PARCELAS CATASTRALES 0982206XK6608S, 0982207XK6608S, 0982209XK6608S; ESTE: PARCELA CATASTRAL 0982210XK6608S, 0982225XK6608D Y CALLE JAVALAMBRE; SUR: PARCELA CATASTRAL 0982202XK6608S; OESTE: CALLE DOLORES ROMERO. TITULARES.- KAS EDIFICIOS Y SOLARES S.L. (Según catastro y nota simple registral) SITUACIÓN JURÍDICA.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Teruel en Tomo: 707, Libro 352 , Folio 28, Inscripción 3ª, Finca registral número 31349. (Según nota simple del Registro de la Propiedad) CARGAS: Afecciones fiscales derivadas del sistema de autoliquidación. Estas afecciones han caducado, pero están pendientes de cancelar en este Registro. Segundo.- Requerir a los propietarios de la finca relacionada en el apartado primero para que hagan saber a esta Corporación, dentro de los quince días siguientes al que reciban la notificación de este acuerdo y en escrito dirigido a la Ilma. Sra. Alcaldesa, las condiciones en que se avendrían a convenir libremente y de mutuo acuerdo con el Excmo. Ayuntamiento un precio que propicie la adquisición, utilizando como criterios de valoración los establecidos en la legislación urbanística, en cuyo caso se dará por concluido el expediente iniciado. El Ayuntamiento de Teruel, en caso de disconformidad con la valoración presentada o transcurrido el plazo anterior sin resolver acerca de la adquisición por mutuo acuerdo, iniciará mediante pieza separada, expediente ordinario para la determinación del justo precio, sin perjuicio de que en cualquier estado posterior de su tramitación puedan ambas partes llegar a dicho mutuo acuerdo. A tal efecto se requerirá a los interesados para que formulen la correspondiente hoja de aprecio que podrá ser aceptada por la Administración Municipal, en cuyo caso se entenderá determinado definitivamente el justo precio, o ser rechazada, en cuyo caso se aprobará la hoja de aprecio municipal. Si el propietario rechazara el precio fundado ofrecido por el Ayuntamiento, se pasará el expediente de justiprecio al Jurado Provincial de Expropiación. Asimismo, se recuerda que la finca se expropia libre de cargas y gravámenes. Tercero.- Estimar la alegación de M.ª Nieves Tolosa Montón, a efectos de considerarla como interesada en el presente procedimiento y darle traslado de las oportunas resoluciones. Cuarto.- Autorizar a la Ilma. Sra. Alcaldesa o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación sea necesaria para la efectividad del presente acuerdo. Quinto.- Dar traslado del presente acuerdo a los propietarios afectados, con indicación de las acciones legales pertinentes. Sexto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, sección correspondiente del BOA, con indicación de las acciones legales pertinentes. Lo que se hace público para general conocimiento, a los efectos de lo dispuesto en el apartado tercero, significando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. En Teruel, a 10 de enero de 2020.- Por delegación del Secretario General, El Técnico de la Unidad de Planeamiento y Gestión, Manuel Antón Benayas.