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Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable. 1º semestre 2017

Publicado el 05/12/2017 (Nº 231)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Rubielos de Mora

Texto completo:

Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable. Notificación colectiva y anuncio de exposición pública y periodo voluntario de cobranza correspondiente al PRIMER SEMESTRE de 2017. Por resolución del Alcalde de fecha 16 de noviembre de 2017 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública del Padrón de la Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable correspondiente al PRIMER SEMESTRE de 2017, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza. Exposición pública: El Padrón correspondiente a la Tasa por suministro de agua se encuentra expuesto al público por término de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. Plazo de ingreso: De acuerdo con la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses, ambos inclusive. Lugar y forma de pago: El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atención al público; los contribuyentes que dentro de los primeros 15 días del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio: Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá el recargo del período ejecutivo y, en su caso, el interés de demora y las costas que se produzcan. Régimen de recursos: Tasa por suministro de agua (la liquidación no agota la vía administrativa):  Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto. En Rubielos de Mora a 16 de noviembre de 2017.- El Sr. Alcalde-Presidente, Fdo.: Ángel Gracia Lucia.