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Modificación de créditos n.º 2/2020 del Presupuesto

Publicado el 14/07/2020 (Nº 132)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Monreal del Campo

Texto completo:

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevada a definitiva la Resolución de la Alcaldía de fecha 28 de mayo de 2020 (adoptada tras el levantamiento de la suspensión de términos y plazos derivada el estado de alarma por la crisis del COVID 19), de aprobación inicial de la modificación de créditos n.º 2/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario a financiar mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, como sigue a continuación: Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Progr. Económica Descripción Créditos iniciales Crédito Extraordin. Créditos finales 161 61901 Obras renovacion red saneamiento y pavimento Avda. Madrid 0,00 30.000,00 30.000,00

TOTAL 0,00 30.000,00 30.000,00 Esta modificación se financia con cargo a a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones no comprometidas, en los siguientes términos: Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos

Aplicación

Progr. Económica Descripción Créditos iniciales Bajas o anulaciones Créditos finales 4311 22614 Feria Artemón 51.500,00 30.000,00 21.500,00

TOTAL BAJAS 51.500,00 30.000,00 21.500,00 Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. En Monreal del Campo, a 1 de Julio de 2020. El Alcalde, Carlos Redón Sánchez (documento firmado electrónicamente)