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RESOLUCION DE 2005, DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO

Publicado el 14/06/2005 (Nº 112)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - ORGANISMOS OFICIALES
Emisor: INEM INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO. SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Texto completo:

RESOLUCION DE 2005, DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO

ESTATAL EN TERUEL, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACION DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN LA REALIZACION DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERES GENERAL Y SOCIAL AFECTADOS AL PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO AGRARIO, DENTRO DEL PLAN ESPECIAL DE ARAGON PARA 2005. El Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, regula la afectación al programa de fomento del empleo agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en zonas rurales deprimidas. Dicho Real Decreto supone la concreción normativa de los Acuerdos para el Empleo y la Protección Social Agrarios y sobre Políticas de Inversiones y Empleo Agrario (AEPSA), suscritos con fecha 4 de noviembre de 1996 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las organizaciones sindicales y empresariales, entre cuyos acuerdos se recoge en materia de políticas activas el Plan Especial de Aragón. El mencionado Real Decreto establece que el procedimiento para solicitar las correspondientes subvenciones se atendrá a lo establecido en las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo (actualmente Servicio Público de Empleo Estatal) en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, actualmente contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998. Por otro lado, la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional establece en su artículo 4 que el procedimiento de concesión de las subvenciones recogidas el articulo 2 de dicha Orden, en el que se incluye en su letra g) el mencionado programa de colaboración de los Servicios Públicos de Empleo con Corporaciones Locales, se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por su parte, en el artículo 8 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998 antes citada, se establece la competencia de los Directores Provinciales, por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, para resolver sobre la concesión de las subvenciones. Por todo ello, procede dictar resolución de convocatoria de subvenciones para proyectos de colaboración del Servicios Público de Empleo Estatal con Corporaciones Locales afectados al programa de fomento del empleo agrario, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal en la provincia de Teruel. En su virtud, dispongo: Primero. Objeto. Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación por las Corporaciones Locales de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, en proyectos de interés general y social afectados al programa de fomento del empleo agrario, dentro del Plan Especial de Aragón, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal en la provincia de Teruel. Segundo. Normativa aplicable. La convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998 (Boletín Oficial del Estado de 21 de noviembre), por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés; y en la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 1 de abril), por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional; con lo previsto en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado de 24 de junio), por el que se regula la afectación al programa de fomento del empleo agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en zonas rurales deprimidas; y con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 3 de la mencionada Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, las entidades recogidas en el artículo 2 de la Orden de 26 de octubre de 1998 citada. Cuarto. Requisitos para solicitar la subvención. Los proyectos que se presenten al amparo de esta convocatoria deberán cumplir los requisitos establecidos con carácter general en la normativa reguladora de estas subvenciones antes citada. Quinto. Dotación presupuestaria. Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario 19.101.241A.460.02 del Presupuesto de Gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, que en la provincia de Teruel y para el ejercicio 2005 se eleva a una cuantía total máxima de 125.224,17 euros. Sexto. Presentación de solicitudes. Las solicitudes para esta convocatoria se presentarán según los términos establecidos en el artículo 6 de la Orden de 26 de octubre de 1998 y en el artículo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, dirigidas a la Dirección Provincial de Teruel del Servicio Público de Empleo Estatal, y serán presentadas en su sede, sita en C/. Nicanor Villalta, 22. Asimismo se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptimo. Plazo para la presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la provincia. Octavo. Instrucción. La Subdirección Provincial de Prestaciones, Empleo y Formación será el órgano competente para la instrucción del procedimiento y preparará la documentación que será sometida a informe, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, por parte del órgano colegiado previsto en el artículo 4.3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo. El órgano colegiado, a efectos de esta convocatoria, estará compuesto por el Director Provincial o persona en quien delegue, que lo presidirá, y dos funcionarios o técnicos de dicha Dirección Provincial, uno de los cuales actuará como secretario. Noveno. Criterios de valoración. Para la valoración de las solicitudes y de los proyectos presentados a esta convocatoria se tendrán en cuenta, de acuerdo con los criterios objetivos de otorgamiento de las subvenciones previstos en el artículo 5.g) de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, los siguientes criterios ponderados: - Las obras y servicios de mayor interés general y social, hasta 10 puntos. - Las que se realicen en alguna de las siguientes actividades: ¥ Servicios de utilidad colectiva, tales como mejora de la vivienda, vigilancia y seguridad, revalorización de espacios públicos urbanos, transportes colectivos, servicios de proximidad, así como actividades que afecten a la gestión de residuos, gestión de aguas, protección y mantenimiento de zonas naturales y control de la energía. ¥ Servicios de ocio y culturales, tales como promoción del turismo, desarrollo cultural local, promoción del deporte y sector audiovisual. ¥ Servicios personalizados de carácter cotidiano como el cuidado de niños, prestación de servicios a domicilio a personas incapacitadas o mayores, ayudas a jóvenes en dificultad y con desarraigo social. Hasta 10 puntos: - Proyectos que en su realización permitan y apoyen la creación permanente de mayor número de puestos de trabajo. Hasta 10 puntos. - Los que acrediten un mayor nivel de inserción laboral, bien mediante la incorporación directa de los trabajadores a la entidad solicitante o empresa adjudicataria o mediante otras fórmulas de inserción laboral. Hasta 10 puntos. - Proyectos que cuenten con la financiación de las entidades solicitantes para realizar acciones complementarias que mejoren la eficacia de las actuaciones. A tal efecto se tendrá en cuenta el esfuerzo inversor para cada proyecto. Hasta 10 puntos. Décimo. Resolución. 1. La Subdirección Provincial de Prestaciones, Empleo y Formación, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado formulará la oportuna propuesta de resolución que será elevada al Director Provincial que, por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, adoptará las resoluciones que procedan. Estas resoluciones se dictarán y se notificarán directamente a los interesados en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria, según lo dispuesto en los artículos 25.4 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada por silencio administrativo la solicitud presentada. 2. Las resoluciones no pondrán fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 82 de la ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por lo que contra las mismas se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de las mismas, en los términos recogidos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Teruel, 6 de junio de 2005.-El Director Provincial, Maximino Jiménez Valero.