Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Procedimiento nº 28/2014

Publicado el 24/06/2014 (Nº 118)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración de Justicia
Emisor: Juzgado de lo Social nº 1 de Teruel

Texto completo:

Dª MARIA TERESA MARTIN BAREA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n ° 001 de TERUEL, HAGO SABER Que en el procedimiento numero 28/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de ASEPEYO contra OANA MARIA OARA, JUAN CARLOS MUÑOZ MUÑOZ, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre cantidad, se ha dictado Sentencia cuyo FALLO es del siguiente tenor literal: “Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Mutua ASEPEYO-M.A.T.E.P.S.S n º 151 contra Dña. Oana María Oara, la empresa JUAN CARLOS Muñoz Muñoz, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social: 1. - debo condenar y condeno a la empresa JUAN CARLOS Muñoz Muñoz a abonar a la actora la cantidad de 4.099,62 euros. 2.- debo absolver y absuelvo a Dña. Oana María Oara, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social de todas las pretensiones actoras. MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen publico de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 4265 0000 36 0033 14, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Ilma. Sra. Dª María José Gil Lázaro Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social de Teruel” Y para que sirva de notificación a la demandada Juan Carlos Muñoz Muñoz expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y mediante inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado. En Teruel, a veintidós de Mayo de dos mil catorce.-El/La Secretario/a Judicial (ilegible).