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APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2020

Publicado el 28/07/2020 (Nº 142)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Torrijas

Texto completo:

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2020 Aprobado definitivamente el Presupuesto General del AYUNTAMIENTO DE TORRIJAS para el ejercicio 2020, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de la Entidad, Bases de Ejecución y Plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por Capítulos.

Estado de Gastos

Capítulo Descripción Importe Consolidado 1 GASTOS DE PERSONAL 48.500,00 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 91.300,00 3 GASTOS FINANCIEROS 0,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 25.800,00 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 0,00 6 INVERSIONES REALES 34.000,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto 199.600,00

Estado de Ingresos

Capítulo Descripción Importe Consolidado 1 IMPUESTOS DIRECTOS 55.400,00 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 46.000,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 42.800,00 5 INGRESOS PATRIMONIALES 35.400,00 6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 20.000,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto 199.600,00

Plantilla de Personal de AYUNTAMIENTO DE TORRIJAS A) Personal Funcionario: Secretario-Interventor. Grupo A1. Nivel 24. Agrupado con Abejuela y Arcos de las Salinas. B) Personal Laboral Fijo Auxiliar administrativo. 1 plaza (compartida con el municipio de Abejuela) Resumen Total Funcionarios Carrera: 1 Total Personal Laboral: 1 Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso Contencioso– administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. EL ALCALDE, JORGE GARCÍA GARCÉS