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Convocatoria de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o mas personas celiacas o con intolerancia al gluten, para el ejercicio 2020. Expte. 1467/2020

Publicado el 01/07/2020 (Nº 124)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Teruel

Texto completo:

Convocatoria de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o mas personas celiacas o con intolerancia al gluten, para el ejercicio 2020. Expte. 1467/2020 Extracto del Decreto de Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Teruel, n.º 1457/2020, de 26 de junio de 2020, por el que se convocan subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celiacas o con intolerancia al gluten, ejercicio 2020. BDNS (Identif.): 513.111 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index): Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las personas físicas para sí o para su unidad familiar. A los efectos de estas ayudas se entiende por unidad familiar: a) Personas que viven solas en una vivienda. b) Dos o mas personas que viven solas en una vivienda, cuando estén unidas entre sí por matrimonio u otra forma de relación análoga a la conyugal, por adopción o consanguinidad o afinidad hasta el cuarto y segundo grado respectivamente. Segundo. Finalidad: Las subvenciones van destinadas a unidades familiares en cuyo ámbito existan uno o más enfermos/as celiacos/as o con intolerancia al gluten, subordinando exclusivamente la concesión de estas ayudas a la concurrencia de la situación de celiaquía y/o intolerancia al gluten así como al nivel de ingresos según se dispone en la base séptima. Tercero. Bases reguladoras: Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 1 de abril de 2019, por el que se aprobó la Ordenanza específica mediante la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias públicas para la concesión de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celíacas o con intolerancia al gluten, publicadas en la página Web del Ayuntamiento de Teruel http://www.teruel.es/portal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_5187_1.pdf Cuarto. Cuantía máxima total de las subvenciones convocadas es de 22.000,00 € Cuantía de las ayudas En virtud del nivel de ingresos, corresponderá a cada miembro de la unidad familiar afectado la siguiente cuantía: a) Solicitantes cuyos niveles de ingresos estén comprendidos entre el 1% y el 25% de 5,5 veces el valor del IPREM: 250,00 euros. En el supuesto de familias numerosas, a la cuantía total correspondiente por cada miembro de la unidad familiar afectado por la enfermedad, se le adicionarán 50,00 euros. b) Solicitantes cuyos niveles de ingresos estén comprendidos entre el 26% y el 50% de 5,5 veces el valor del IPREM: 200,00 euros. En el supuesto de familias numerosas, a la cuantía total correspondiente por cada miembro de la unidad familiar afectado por la enfermedad, se le adicionarán 25,00 euros. c) Solicitantes cuyos niveles de ingresos estén comprendidos entre el 51% y el 75% de 5,5 veces el valor del IPREM: 150,00 euros. d) Solicitantes cuyos niveles de ingresos estén comprendidos entre el 76% y el 100% de 5,5 veces el valor del IPREM: 100,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (sección oficial del Boletín Oficial de Aragón). Teruel, 2020-06-29.-La Alcaldesa-Presidenta, María Emma Buj Sánchez.