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Plan de Despliegue de una red de comunicaciones electrónicas en el municipio de Samper de Calanda (Teruel).

Publicado el 01/07/2020 (Nº 124)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Samper de Calanda

Texto completo:

Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 12 de junio de 2020, se aprobó definitivamente el Plan de Despliegue de una red de comunicaciones electrónicas en el municipio de Samper de Calanda (Teruel). La Resolución de aprobación definitiva tiene el tenor literal siguiente: “RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA A la vista de los siguientes antecedentes: Documento Fecha/N.º Solicitud del Interesado 20/05/2020 Informe de Secretaría 21/05/2020 Resolución de Alcaldía 21/05/2020 Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia 28/05/2020 Informe de los Servicios Técnicos 11/05/2020 Certificado de Secretaría de las Alegaciones Presentadas 11/06/2020 Informe- Propuesta de Secretaría 12/06/2020 Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) y s) de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO PRIMERO. 1. Aprobar el Plan de Despliegue de un red de comunicaciones electrónicas para este municipio presentado por: Nombre y Apellidos/Razón Social NIF/CIF MASMOVIL SAU A-87297354 La instalación de cada uno de los tramos de la red prevista en dicho Plan de despliegue que suponga la ocupación de terrenos de dominio público, requerirá la obtención previa de licencia municipal. El resto de instalaciones está sujeta al régimen de declaración responsable. 2.Para la realización de cualquier tipo de canalización o cata de vía pública, necesaria para efectuar el despliegue presentado, deberán tramitarse las licencias de obra menor, imponiéndose en las mismas los condicionantes que los servicios técnicos estimen oportunos. 3.Cualquier utilización de las infraestructuras municipales deberá ser previamente autorizada, presentando solicitud que defina claramente el trazado y las dimensiones de los elementos a instalar, a efectos de considerar la viabilidad de su utilización así como la planificación de infraestructuras municipales. SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su general conocimiento. TERCERO. Notificar la presente Resolución al interesado, con indicación de los recursos pertinentes. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante EL ALCALDE de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.