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En Sesión Ordinaria de Pleno celebrada en fecha 29 de noviembre de 2007, y con el ...

Publicado el 18/01/2008 (Nº 12)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: LA PUEBLA DE HÍJAR

Texto completo:

En Sesión Ordinaria de Pleno celebrada en fecha 29 de noviembre de 2007, y con el informe favorable de la Comisión Provincial de Ordenación del territorio de sesión de 28 de septiembre de 2007, se aprobó definitivamente la Modificación Puntual núm. 8 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento de La Puebla de Hijar, por lo que en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 5/1999 de 25 de Marzo, Urbanística de Aragón y art. 143 del Decreto 52/2002 de 19 de febrero del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 5/1999 de 25 de marzo, se publica íntegramente la Modificación aprobada.

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 8 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE LA PUEBLA DE HÍJAR.

1 INTRODUCCIÓN. La presente documentación tiene por objeto servir de base para la formulación de la Modificación Puntual nº 8 de las Normas Subsidiarias de La Puebla de Híjar, aprobadas definitivamente el 21 de Diciembre de 1988, con documento de cumplimiento de prescripciones de 24 de Enero de 1990 y con las Modificaciones de Planeamiento que hayan sido aprobadas definitivamente con posterioridad. Dicha Modificación Puntual pretende la modificación de las parcelas de equipamientos resultantes de la Modificación puntual nº 7 de las NNSS de La Puebla de Híjar de, en el ámbito del Polígono de La Venta del Barro. En particular, adaptar las parcelas a la superficie resultante de la parcelación determinada por el proyecto de Urbanización ya construido, y la reubicación de una de las parcelas de equipamientos que pasa de la parcela B-1 a la parcela B- 34. Con estas consideraciones no se modifica la superficie total de equipamientos existente. 2 ANTECEDENTES. En 1990 se redactó el Plan Parcial que desarrollaba el suelo clasificado como urbanizable para uso industrial en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, en el paraje denominado La Venta del Barro. Los promotores del Plan Parcial fueron el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón y la Mancomunidad Intermunicipal para la creación de un Polígono Industrial en el Bajo Martín. El plan parcial se ha desarrollado parcialmente mediante los proyectos de urbanización de la mayoría de las parcelas resultantes del mismo que se encuentran completamente urbanizadas y en funcionamiento desde hace varios años. En la actualidad, Suelo y Vivienda de Aragón, acaba de ejecutar las obras de Urbanización de la parcela B de dicho polígono, para la creación de nuevas parcelas de uso industrial. En el citado planeamiento, se delimitaba una parcela, denominada Parcela A, situada al oeste del polígono, próxima a la carretera nacional, sobre terrenos agrícolas de secano de escaso valor. Esta parcela fue adquirida por la empresa PRETERSA-PRENAVISA, que se dedica a producir prefabricados de hormigón. Esta empresa viene experimentando un desarrollo continuo desde su instalación en el polígono y ha ocupado con edificios una buena parte de la parcela, agotando prácticamente la edificabilidad disponible. Este crecimiento llevó a la empresa a adquirir parcelas colindantes, clasificadas como suelo no urbanizable, para destinarlas a acopios tanto de los productos necesarios para la fabricación (áridos, encofrados, moldes, etc.) como también para acopiar los productos y piezas ya fabricados. Finalmente, y debido a la necesidad de ampliar su superficie edificable, promovió la Modificación Puntual nº 7 de las Normas Subsidiarias de La Puebla de Hijar con el objeto de clasificar dichos terrenos como Suelo Urbano. Dentro del apartado de Zonificación de dicho documento se establecía, para los equipamientos polivalentes: Se propone sustituir la reserva polivalente obligatoria en suelo industrial, por una o varias parcelas urbanizadas, situadas en el propio polígono industrial de La Venta del Barro. PRETERSA-PRENAVISA se compromete a adquirir estas parcelas y a entregarlas libres de cargas al Ayuntamiento de La Puebla de Híjar. Se busca así situar la reserva polivalente en una ubicación más acorde con las necesidades reales del municipio. El Expediente de la Modificación Puntual nº 7 fue tramitado por el Ayuntamiento y remitido a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de la provincia de Teruel que, entre las prescripciones establecidas, determinaba la necesidad de ubicar en planos la citada reserva de equipamientos. Dicha prescripción fue cumplimentada en la documentación para aprobación definitiva, destinando a tal efecto las parcelas denominadas B-1 y B-27 en la parcelación orientativa que fijaba el Plan Parcial de la Parcela B de la Venta del Barro. La Modificación Puntual nº 7 fue aprobada definitivamente en sesión plenaria del 27 de diciembre de 2005 y publicada en el "Boletín Oficial" de la provincia de Teruel el 21 de abril de 2006. El presente documento pretende, por un lado, ajustar las superficies de las parcelas destinadas a cesiones en equipamientos a la realidad de las obras de urbanización y por otro, sustituir como parcela de equipamientos la B-1 por la B-34. Como se ha indicado anteriormente, acaban de concluirse las obras de urbanización de la Parcela B del polígono de la Venta del Barro, y se han producido pequeños ajustes en la parcelación del mismo, por lo que la parcela B-27 destinada a cesiones de equipamiento en la Modificación Puntual nº 7 pasa a tener una superficie de 2.570 m2 (en lugar de los 3.150 m2 que reflejaba la ordenación indicativa). Por otro lado, la empresa PRETERSA-PRENAVISA precisa de la parcela B-l (de su propiedad) para ubicar parte de sus instalaciones actuales, por lo que ha solicitado al Ayuntamiento de La Puebla de Hijar que se cambiara la parcela B-l por la B-34, el cual ha instado a la empresa a presentar la presente modificación de planeamiento. La parcela B-34 con la nueva disposición de parcelas resultante de las obras de urbanización, dispone de una superficie de 4.220 m2, que sumados a la superficie de la parcela B-27, determinan una superficie total de 6.790 m2, igual a la requerida para cesiones. Es importante señalar que Suelo y Vivienda de Aragón como promotor del polí- gono es conocedor y aprueba dicha modificación. 3 EMPLAZAMIENTO. La modificación se ubica en la parcela B del Polígono de la Venta del Barro, y mas en particular en las subparcelas B-l, B-27 y B-34 definidas por el Plan Parcial que desarrollaba la mencionada Parcela B y mas recientemente por las obras de urbanización de la mencionada parcela. 4 PLANEAMIENTO EXISTENTE. El planeamiento existente en el ámbito viene determinada por la Modificación Puntual nº 7 de las Normas Subsidiarias de La Puebla de Híjar, así como el Plan Parcial que desarrollaba la parcela B del Polígono Industrial de la Venta del Barro. 5 MODIFICACIONES PROPUESTAS. Las modificaciones aisladas de las determinaciones de los planes, en aplicación de lo dispuesto en el art. 73 de la LUA, deberán contener los siguientes elementos: a) Justificación de su necesidad o conveniencia y estudio de sus efectos so bre el territorio b) Definición del nuevo contenido del Plan con un grado de precisión similar la modificado. 5.1 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD y CONVENIENCIA. Como se ha indicado anteriormente, la necesidad cien condicionada por la adaptación de la parcela B-27 objeto de cesión a la superficie resultante de las obras de urbanización del Polígono, así como a la necesidad de ampliación de las instalaciones de PRETERSA-PRENAVISA en la parcela B-l, por lo que se pro- pone un cambio de la superficie a ceder, destinando para ello la parcela B-34. La conveniencia y oportunidad vienen generadas por la necesidad de dar respuesta a la demanda real de una industria ubicada en el polígono, con las debidas garantías, en un corto período de tiempo. Dicha empresa se encuentra actualmente en período de obras de ampliación y precisa de la superficie para adaptar su crecimiento a las parcelas disponibles. 5.2 MODIFICACIONES PROPUESTAS La modificación que se propone en el presente documento es la reubicación de la parcela de equipamientos B-1 situada en el extremo noroeste, en la parcela B-34 situada en el extremo Sureste. Al mismo tiempo se adaptan las superficies de las parcelas de cesiones a la realidad resultante de las obras de urbanización del Polígono. En el siguiente cuadro se pueden observar de manera esquemática las modificaciones planteadas.

PLANEAMIENTOVIGENTE PLANEAMIENTO PROPUESTO MODIFICACIÓN Nº 7 MODIFICACIÓN Nº 8 PARCELA SUPERFICIE PARCELA SUPERFICIE B-1 3.640 m2 B-34 4.220 m2 B-27 3.150 m2 B-27 2.570 m2 TOTAL 3.790 M2

6.790 M2

Los cambios aquí establecidos se pueden observar de manera gráfica en los planos 2 de Información y 4 de Ordenación. No se modifica ninguno del resto de parámetros que afectan al ámbito de la modificación- 6 RELACIÓN DE DOCUMENTOS MODIFICADOS. El plano de Ordenación 4 "ORDENACIÓN. CALIFICACIÓN DE SUELO URBANO. ZONIFICACION PROPUESTA" del presente documento sustituye al plano de ordenación 3. hoja 1 "ORDENACION. CALIFICACION DEL SUELO URBANO NO CONSOLIDADO" del documento de Modificación Puntual n7 7 de las Normas Subsidiarias de La Puebla de Híjar. 7 CONCLUSIÓN. Considerando que esta Memoria Justificativa y los documentos que la acompañan definen de forma suficiente la Modificación Puntual nº 8 de las NNSS de La Puebla de Híjar, la damos por terminada en Zaragoza, a 19 de Marzo de 2007. La Puebla de Híjar, 10 de enero de 2008.-La Alcaldesa, Juana Barreras Falo.