Expediente de modificación de créditos núm. 2/2018
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el cuerdo plenario fecha 27 de junio de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 2/2018 que se financia con cargo a remanente de tesorería para gastos generales que se corresponde con parte del superávit procedente de la liquidación el ejercicio 2017, y se hace público resumido por capítulos:
Estado de gastos
Capitulo Descripción Créditos iniciales Crédito extraordinario Créditos finales 6 Inversiones reales
50.000 50.000
TOTAL
50.000 50.000
Estado de ingresos
Capitulo Descripción Euros 8 Remanente de tesorería 50.000
TOTAL INGRESOS 50.000
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. Villarquemado a 21 de agosto de 2018, - El Alcalde, Federico Serrano Paricio.