Debiendo proveerse en este Municipio el cargo de Juez de Paz Sustituto de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial, de fecha 1 de julio de 1985, y Reglamento de los Jueces de Paz, de fecha 1 de julio de 1995, se abre el plazo de quince días desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia para que puedan presentar solicitudes ante este Ayuntamiento todas aquellas personas que les interese su nombramiento y que reúnan las condiciones siguientes.

Publicado el 10/01/2000 (Nº 5)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. - ADMINISTRACION LOCAL
Emisor: VILLASTAR

Texto completo:

1.- Ser español, mayor de edad. 2.- No estar incurso en las siguientes causas de incapacidad: - Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial. - Estar condenado por delito doloso mientras no haya obtenido la rehabilitación. - Estar procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto, o se dicle acto de sobreseimiento. - No estar en pleno ejercicio de los derechos civiles. 3.- No estar incurso en las siguientes causas de incompatibilidad: - Ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial. - Ejercicio de cualquier cargo de elección popular o de designación política. - Tener empleo o cargo dotado o retribuído por la Administración Pública. - Tener empleo de cualquier clase en los Tribunales y Juzgados. - Ejercer la abogacía o procuraduría y todo tipo de asesoramiento jurídico. Villastar, 22 de diciembre de 1999.-El Alcalde, Angel Guijarro.