Aprobadas definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, conforme al art. 17.3 de la Ley 39/1988, las modificaciones de tributos locales aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento para el año 2000, en cumplimiento de lo establecido en el art. 17.4 de la mencionada Ley se publica a continuación el texto íntegro de las modificaciones aprobadas:

Publicado el 05/01/2000 (Nº 3)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. - ADMINISTRACION LOCAL
Emisor: ALBALATE DEL ARZOBISPO

Texto completo:

1¡.- TASAS. Tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, ferias, industrias callejeras y similares: - Tarifa única por instalación en la vía pública de barracas, circos o cualquier otra clase de espectáculos, 40 pesetas/m2/día, con un mínimo de 1.500 pesetas/día. Tasa servicio de piscinas e instalaciones deportivas: - Entradas individuales: De 8 años en adelante, 300 pesetas. Hasta 8 años, 200 pesetas. - Incremento del 2 % en las demás tarifas de esta Ordenanza. Tasa por visitas a museos, exposiciones, bibliotecas, monumentos históricos y Centros análogos: - Museos, 200 pesetas por persona. - Monumentos, 200 pesetas por persona. - Bonificación del 50 % para jubilados, menores de 14 años y grupos a partir de 12 personas (las bonificaciones no serán acumulables). Tasa por servicio de matadero: - Incremento del 4 % en las tarifas. Todas las demás tasas: - Incremento del 2 % en todas las tarifas. 2¡.- IMPUESTOS. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: - Se modifica el artículo 2 de la Ordenanza Fiscal reguladora de este Impuesto, dándole la siguiente redacción: Art. 2.- Bonificaciones. Se establecen las siguientes bonificaciones, por fomento del empleo: a) El 80 % de la cuota a las construcciones, instalaciones y obras vinculadas a actividades industriales, comerciales, de servicios, agrícolas o ganaderas que creen 5 o más puestos de trabajo, o consoliden los existentes. b) El 50 % de la cuota a las construcciones, instalaciones y obras vinculadas a actividades industriales, comerciales, de servicios, agrícolas o ganaderas que creen entre 2 y 4 puestos de trabajo, o consoliden los existentes. - No se modifican los demás Impuestos. El resto del contenido de las Ordenanzas vigentes quedan sin variación. La presente modificación de las Ordenanzas entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, y comenzarán a aplicarse a partir del día 1 de enero del 2000, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación. Albalate del Arzobispo, 24 de diciembre de 1999.-El Alcalde, Antonio Fustero.