Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Aprobación del Plan Provincial de Concertación Económica Municipal 2019

Publicado el 19/03/2019 (Nº 53)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Excma. Diputación Provincial de Teruel

Texto completo:

Planes Provinciales

INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE CONCERTACIÓN MUNICIPAL 2018 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL. De conformidad con el Acuerdo de Pleno de esta Corporación Provincial de fecha 27 de Febrero de 2019, sobre aprobación del Plan Provincial de Concertación Económica Municipal 2019 para la financiación, con carácter incondicionado, a Ayuntamientos la actividad global de los mismos, se publican las siguientes bases. PLAN PROVINCIAL DE CONCERTACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL 2019 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL PRIMERO.- El presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Teruel del ejercicio 2019 ha previsto la cantidad de 3.300.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 4591 46214, en la que se prevé la aprobación de un Plan Provincial de Concertación Económica Municipal. Sus destinatarios serán los municipios de la provincia de Teruel. Este Plan tiene carácter incondicionado, pudiendo las entidades locales beneficiarias destinar su importe para financiar globalmente la actividad de las mismas. SEGUNDO.- La distribución de la financiación del presente Plan provincial se efectuará de conformidad con las normas que a continuación se determinan. 1.- MUNICIPIOS DE TERUEL, ALCAÑIZ Y ANDORRA.

Municipio Porcentaje Subvención TERUEL (Barrios rurales) 1,00% 33.000,00 ALCAÑIZ 2,20% 72.600,00 ANDORRA 1,50% 49.500,00 La asignación de los porcentajes de este apartado atiende a la diversidad demográfica de la provincia de Teruel, en aras a que la diferencia de población entre los municipios más grandes y los más pequeños no distorsione un reparto equitativo. En el caso de Teruel, la ayuda del 1% no se corresponde con la población total dado que solo se deben atender las inversiones en los núcleos rurales de la ciudad. En los otros dos casos se otorga un porcentaje fijo en atención a la proporción respecto al resto de municipios de la provincia. 2.- RESTO DE MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES. Deducida a la cantidad inicial del Plan de Concertación 2019, las cantidades a que se refiere el apartado anterior, es decir 3.300.000,00 euros – 155.100,00 euros, obtendremos la cantidad final a distribuir entre el resto de municipios y entidades locales: 3.144.900,00 euros. 2.1.- UN FIJO POR MUNICIPIO O ENTIDAD LOCAL: El 35% de 3.144.900,00 euros se destinará a repartir una cantidad fija para cada una de las entidades a subvencionar. Así obtendremos la cantidad de 1.100.715,00 euros, que dividida por el número de municipios de la provincia exceptuados los del punto “1.-”, ofrece una cantidad fija de 4.703,91 euros. 2.2.- POR NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Se atenderá al número de núcleos de población de municipios o entidades locales, asignándoles una cantidad de acuerdo al número de núcleos, según la siguiente tabla:

Núcleos de población Importe 1 entidad 1.155,00 Entre 2 y 3 entidades 2.310,00 Entre 4 y 6 entidades 3.465,00 Más de 6 entidades 4.620,00 2.3.- POR POBLACIÓN. Para aplicar este criterio de valoración se atenderá a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero 2018 con efectos del 31 de diciembre de 2018, aprobadas por Real Decreto 1458/2018 de 14 de diciembre y publicado en el BOE 314 de 29 de diciembre de 2018. Para obtener la cantidad a distribuir por criterios de población, se deducirá a la cantidad total del Plan de Concertación, las cantidades distribuidas en los puntos “1.-”, “2.1.-” y “2.2.-”. Dicha cantidad será distribuida de acuerdo a los siguientes criterios: 2.3.1.- CANTIDAD FIJA POR HABITANTE. De la cantidad obtenida anteriormente, se distribuirá el 15% entre el número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto “1.-”. Así, la cantidad a repartir por habitante será de 4,85. 2.3.2.- TRAMOS DE POBLACIÓN. El 85% restante se distribuirá por tramos de población, atendiendo al número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto “1.-”, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tramo de habitantes Importe Hasta 25 habitantes 1.274,18 De 26 a 50 habitantes 1.600,91 De 51 a 75 habitantes 2.620,42 De 76 a 100 habitantes 3.897,87 De 101 a 250 habitantes 6.432,31 De 251 a 500 habitantes 10.940,24 De 501 a 1.000 habitantes 15.444,08 De 1.001 a 1.500 habitantes 17.933,47 De 1.501 a 2.500 habitantes 21.823,15 De 2.501 a 4.000 habitantes 24.083,26 Más de 4.000 habitantes 27.774,36 La asignación final a cada municipio o entidad local, atendiendo a los criterios de distribución queda reflejada en el listado adjunto incluido como ANEXO 1. TERCERO.- Se transferirá de manera inmediata, una vez aprobado el Plan, a las entidades locales beneficiarias el importe de la financiación provincial indicada en el citado anexo. CUARTO.- La entidad local beneficiaria deberá justificar este plan de concertación mediante certificación emitida por el secretario-Interventor / interventor de la Corporación, con el visto bueno de su presidente, que acredite que la aportación provincial del Plan se ha aplicado al estado ingresos del presupuesto de la entidad local en el ejercicio 2019, en el modelo normalizado que se adjunta a este acuerdo. El plazo para justificar será de tres meses desde el día siguiente a la publicación de este Plan en el BOP TE, debiendo presentar el justificante en el Servicio de Planes Provinciales a través de la plataforma electrónica de esta Excma. Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante certificado de persona jurídica en representación de la entidad local peticionaria. QUINTO.- Procederá el reintegro de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora, desde el momento de la percepción de los fondos, en el caso de incumplimiento de la obligación de justificación. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser cobradas con arreglo a los procedimientos establecidos legalmente. SEXTO.- Facultar a la Presidencia de la Corporación tan ampliamente como en derecho proceda, para adoptar las resoluciones necesarias en orden a la plena efectividad de este acuerdo. SÈPTIMO.- Disponer la publicación de éste acuerdo en el BOPTE para general conocimiento. MODELO DE JUSTIFICANTE DE INGRESO PLAN DE CONCERTACIÓN Don/Doña interventor/secretario-interventor del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de (Teruel) CERTIFICA: Que éste Ayuntamiento/Entidad Local Menor ha recibido la cantidad de …........Euros, correspondiente al “Plan Provincial de Concertación Económico Municipal 2019”, aprobado por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de fecha …...............y se ha aplicado al estado de ingresos del presupuesto de este Ayuntamiento/entidad Local en el ejercicio 2019. Y para que así conste ante la Excma. Diputación Provincial de Teruel, se expide la presente certificación con el Visto Bueno del Sr/a. Alcalde-Presidente, en ….. a ….. de ….. de 2019. Vº Bº el Alcalde-Presidente El Secretario-interventor Fdo..................................Fdo...................

PROPUESTA PLAN CONCERTACIÓN MUNICIPAL 2019

001 Ababuj 8.902,13 002 Abejuela 6.498,47 003 Aguatón 6.049,22 004 Aguaviva 22.210,91 005 Aguilar del Alfambra 7.573,30 006 Alacón 16.687,47 007 Alba 11.839,67 008 Albalate del Arzobispo 34.446,81 009 Albarracín 30.117,58 010 Albentosa 18.969,80 011 Alcaine 7.573,30 012 Alcalá de la Selva 18.170,48 013 Alcañiz 72.600,00 014 Alcorisa 41.733,82 016 Alfambra 22.246,48 017 Aliaga 20.523,95 018 Almohaja 6.041,32 019 Alobras 7.569,35 020 Alpeñés 6.065,03 021 Allepuz 11.634,16 022 Alloza 22.448,03 023 Allueva 6.419,43 024 Anadón 6.411,53 025 Andorra 49.500,00 026 Arcos de las Salinas 11.551,17 027 Arens de Lledó 11.950,32 028 Argente 11.918,71 029 Ariño 22.945,98 031 Azaila 8.973,26 032 Bádenas 6.057,13 033 Báguena 16.873,21 034 Bañón 11.740,87 035 Barrachina 11.602,55 036 Bea 6.427,34 037 Beceite 22.286,00 038 Belmonte de San José 11.582,79 039 Bello 12.025,41 040 Berge 12.100,50 041 Bezas 7.600,96 042 Blancas 11.630,21 043 Blesa 8.977,22 044 Bordón 11.555,12 045 Bronchales 17.394,87 046 Bueña 7.573,30 047 Burbáguena 12.096,54 048 Cabra de Mora 7.541,68 049 Calaceite 26.632,82 050 Calamocha 54.166,82 051 Calanda 43.441,07 052 Calomarde 7.616,77 053 Camañas 11.626,26 054 Camarena de la Sierra 11.582,79 055 Camarillas 8.941,65 056 Caminreal 23.749,26 059 Cantavieja 22.969,69 060 Cañada de Benatanduz 6.458,95 061 Cañada de Verich (La) 8.945,60 062 Cañada Vellida 6.443,14 063 Cañizar del Olivar 8.989,07 064 Cascante del Río 7.604,92 065 Castejón de Tornos 7.569,35 066 Castel de Cabra 11.547,22 067 Castelnou 11.768,53 068 Castelserás 23.432,07 070 Castellar (El) 7.529,83 071 Castellote 27.139,17 071 Cuevas de Cañart 8.902,13 074 Cedrillas 22.637,73 075 Celadas 17.209,13 076 Cella 39.086,00 077 Cerollera (La) 8.996,98 080 Codoñera (La) 17.003,62 082 Corbalán 11.566,98 084 Cortes de Aragón 7.565,40 085 Cosa 8.684,83 086 Cretas 22.404,56 087 Crivillén 7.593,06 088 Cuba (La) 6.466,85 089 Cubla 7.537,73 090 Cucalón 8.917,94 092 Cuervo (El) 8.941,65 093 Cuevas de Almudén 11.618,36 094 Cuevas Labradas 11.653,92 096 Ejulve 11.847,57 097 Escorihuela 11.685,54 099 Escucha 24.800,48 100 Estercuel 11.966,13 101 Ferreruela de Huerva 7.573,30 102 Fonfría 6.415,48 103 Formiche Alto 12.887,96 105 Fórnoles 7.620,72 106 Fortanete 11.946,37 107 Foz-Calanda 12.076,78 108 Fresneda (La) 17.394,87 109 Frías de Albarracín 11.594,64 110 Fuenferrada 6.470,81 111 Fuentes Calientes 11.535,36 112 Fuentes Claras 17.466,00 113 Fuentes de Rubielos 11.586,74 114 Fuentespalda 16.774,41 115 Galve 11.772,48 116 Gargallo 8.953,50 117 Gea de Albarracín 17.130,09 118 Ginebrosa (La) 11.926,61 119 Griegos 11.701,35 120 Guadalaviar 12.092,59 121 Gúdar 7.608,87 122 Híjar 33.280,98 123 Hinojosa de Jarque 12.761,50 124 Hoz de la Vieja (La) 8.937,70 125 Huesa del Común 7.589,11 126 Iglesuela del Cid (La) 17.280,26 127 Jabaloyas 8.736,20 128 Jarque de la Val 7.600,96 129 Jatiel 6.462,90 130 Jorcas 6.439,19 131 Josa 6.439,19 132 Lagueruela 8.910,03 133 Lanzuela 6.072,93 135 Libros 11.535,36 136 Lidón 7.541,68 137 Linares de Mora 13.275,26 138 Loscos 13.956,02 141 Lledó 11.815,95 142 Maicas 6.411,53 143 Manzanera 25.664,06 144 Martín del Río 17.292,12 145 Mas de las Matas 27.664,29 146 Mata de los Olmos (La) 16.691,42 147 Mazaleón 22.278,10 148 Mezquita de Jarque 8.989,07 149 Mirambel 11.594,64 150 Miravete de la Sierra 6.443,14 151 Molinos 12.096,54 152 Monforte de Moyuela 7.581,20 153 Monreal del Campo 36.142,20 154 Monroyo 16.987,82 155 Montalbán 28.704,68 156 Monteagudo del Castillo 6.502,42 157 Monterde de Albarracín 7.573,30 158 Mora de Rubielos 32.617,05 159 Moscardón 7.541,68 160 Mosqueruela 22.325,52 161 Muniesa 22.515,22 163 Noguera de Albarracín 11.661,83 164 Nogueras 6.076,89 165 Nogueruelas 11.993,79 167 Obón 6.482,66 168 Odón 11.946,37 169 Ojos Negros 18.289,04 171 Olba 16.649,36 172 Oliete 17.082,66 173 Olmos (Los) 11.618,36 174 Orihuela del Tremedal 17.568,76 175 Orrios 11.634,16 176 Palomar de Arroyos 11.804,10 177 Pancrudo 13.880,93 178 Parras de Castellote (Las) 8.688,78 179 Peñarroya de Tastavins 17.379,06 180 Peracense 8.902,13 181 Peralejos 8.949,55 182 Perales del Alfambra 13.164,60 183 Pitarque 8.913,99 184 Plou 6.474,76 185 Pobo (El) 11.586,74 187 Portellada (La) 12.096,54 189 Pozondón 6.494,52 190 Pozuel del Campo 7.593,06 191 Puebla de Híjar (La) 24.891,37 192 Puebla de Valverde (La) 17.434,39 193 Puertomingalvo 11.578,84 194 Ráfales 11.701,35 195 Rillo 10.124,31 196 Riodeva 11.705,30 197 Ródenas 7.565,40 198 Royuela 11.950,32 199 Rubiales 6.502,42 200 Rubielos de la Cérida 6.455,00 201 Rubielos de Mora 22.625,87 203 Salcedillo 6.045,27 204 Saldón 6.407,58 205 Samper de Calanda 23.242,38 206 San Agustín 15.095,21 207 San Martín del Río 11.721,11 208 Santa Cruz de Nogueras 6.451,05 209 Santa Eulalia 26.735,57 210 Sarrión 28.269,96 211 Segura de los Baños 6.458,95 212 Seno 6.458,95 213 Singra 8.917,94 215 Terriente 13.014,43 216 Teruel 33.000,00 217 Toril y Masegoso 7.578,38 218 Tormón 6.427,34 219 Tornos 11.977,99 220 Torralba de los Sisones 11.752,72 221 Torrecilla de Alcañiz 17.315,83 222 Torrecilla del Rebollar 12.793,12 223 Torre de Arcas 8.953,50 224 Torre de las Arcas 6.415,48 225 Torre del Compte 11.657,88 226 Torrelacárcel 11.744,82 227 Torre los Negros 8.949,55 228 Torremocha de Jiloca 11.559,08 229 Torres de Albarracín 11.859,43 230 Torrevelilla 11.883,14 231 Torrijas 6.455,00 232 Torrijo del Campo 17.410,68 234 Tramacastiel 8.732,25 235 Tramacastilla 11.555,12 236 Tronchón 7.581,20 237 Urrea de Gaén 17.367,20 238 Utrillas 41.679,51 239 Valacloche 6.061,08 240 Valbona 11.823,86 241 Valdealgorfa 22.606,11 243 Valdecuenca 6.443,14 244 Valdelinares 8.945,60 245 Valdeltormo 16.746,75 246 Valderrobres 35.964,36 247 Valjunquera 16.928,54 249 Vallecillo (El) 6.494,52 250 Veguillas de la Sierra 6.057,13 251 Villafranca del Campo 16.817,88 252 Villahermosa del Campo 8.973,26 256 Villanueva del Rebollar de la Sierra 6.490,57 257 Villar del Cobo 11.784,34 258 Villar del Salz 7.561,44 260 Villarluengo 12.990,71 261 Villarquemado 23.554,58 262 Villarroya de los Pinares 11.768,53 263 Villastar 17.596,42 264 Villel 16.936,44 265 Vinaceite 12.120,26 266 Visiedo 11.630,21 267 Vivel del Río Martín 10.068,99 268 Zoma (La) 6.041,32

3.299.999,97 Teruel, a 14 de marzo de 2019,