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Edicto procedimiento DESPIDO n° 190/2017

Publicado el 16/10/2017 (Nº 196)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración de Justicia
Emisor: Juzgado de lo Social nº 1 de Teruel

Texto completo:

Da MARÍA TERESA MARTÍN BAREA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n° 1 de TERUEL, MAGO SABER: Que en el procedimiento DESPIDO n° 190/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ADRIAN DELGADO PASCUAL contra JOSÉ MIGUEL CAÑADA GOMEZ sobre DESPIDO Y CANTIDAD, se ha dictado sentencia cuyo FALLO es del siguiente tenor literal: "FALLO QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por D. Adrián Delgado Pascual contra JOSÉ MIGUEL CAÑADA GÓMEZ, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor, efectuado por la empresa demandada en fecha 30 de abril de 2017, y optándose por la indemnización por el FOGASA, declaro extinguida; con fecha 30 de abril de 2017, la relación laboral habida entre las partes y CONDENO a la empresa demandada a indemnizar a la demandante por despido improcedente con la cantidad de 18.782,28 euros y a que le abone la cantidad de 5.796,34 euros netos en concepto de salarios de diciembre de 2016, enero, febrero y abril de 2017, paga extra de Navidad y finiquito (paga extra de verano) más los intereses que esta última cantidad devengue al tipo del 10%. Se absuelve al FOGASA que no es parte, sin perjuicio de las responsabilidades en que puede incurrir conforme a la ley. Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300,00 €, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de anunciar el Recurso en la cuenta abierta en el banco SANTANDER con número de IBAN ES55-0049- 3569-9200-0500-1274 haciendo constar en Observaciones o Concepto el número 4265- 0000-36-0190-17, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así, por ésta mi sentencia, definitivamente juzgada en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo. D. Elena Alcalde Venegas.- Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social de Teruel.-" Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. JOSÉ MIGUEL CAÑADA GÓMEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Teruel y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado. En TERUEL, a dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete.- LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, (ilegible).