Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Edicto Autos 000268/2017-B

Publicado el 02/01/2018 (Nº 1)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración de Justicia
Emisor: Juzgado de lo Social nº 15 de Valencia

Texto completo:

SAGRARIO PLAZA GOLVANO, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 15 DE LOS DE Valencia HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000268/2017/B a instancias de AKHTAR GULZAR, TARIQ RAZZAQ , TAHIR MEHMOOD y YASAR RAZZAQ contra SERVICIOS Y AVES CALATUR SL y FOGASA en la que el día 14 de diciembre de 2017 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: FALLO: Que, estimando las demandas interpuestas frente a la empresa SERVICIOS Y AVES CALATURSOCIEDAD LIMITADA, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de los demandantes, de fecha 4 y 7 de marzo de 2.017 y por resueltos los contratos de trabajo que a las partes vinculaban, condenando al empresario a que, no siendo posible la readmisión de los trabajadores, les indemnice con la cantidad que respectivamente se diráy les abone las cantidades que también se fijaran respectivamente en concepto de salarios, en este caso con más el diez por ciento de cada cifra por razón de mora en el pago:

TRABAJADOR INDEMNIZACION SALARIOS don AKHTAR GULZAR 4.876,81 euros(equivalente a 46 meses a razón de 2,75 días del salario diario de 38,55 euros) 5.784,94 euros don TAHIR MEHMOOD 1.484,25 euros(equivalente a 14meses a razón de 2,75 días del salario diario de 38,55 euros) 2.251,44 euros don TARIQ MAHMOOD 2.226,37 euros(equivalente a 21 meses a razón de 2,75 días del salario diario de 38,55 euros) 2.298,33 euros don YASAR RAZZAQ 1.484,25 euros(equivalente a 14 meses a razón de 2,75 días del salario diario de 38,55 euros) 3.752,40 euros NOTIFIQUESE la presente resolución a las partes, indicándoles que, contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACION ante LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su Abogado, de su Graduado Social o de su representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social. Siendo requisitos necesarios que, al tiempo de hacerse el anuncio, se haga el nombramiento del letrado o Graduado Social Colegiado que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría, del Juzgado de lo Social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A., en la "cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la cuenta de expediente n° 4481-0000-64-0268-17. Igualmente, y "al tiempo de interponer el recurso", el recurrente que no gozare del beneficio de justifica gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo, independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300 eurosen la misma cuenta de expediente. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, conservándose el original en el libro de sentencias, lo pronuncia, manda y firma Dª Esperanza Montesinos LLorens, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 15 de Valencia y su provincia". Y para que conste y sirva de notificación a SERVICIOS Y AVES CALATUR SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Valencia, a quince de diciembre de dos mil diecisiete.- EL SECRETARIO, (ilegible).