Plan Provincial de Concertación Económica Municipal 2018
Planes Provinciales
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE CONCERTACIÓN MUNICIPAL 2018 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL. De conformidad con el Acuerdo de Pleno de esta Corporación Provincial de fecha 28 de Marzo de 2018, sobre aprobación del Plan Provincial de Concertación Económica Municipal 2018 para la financiación, con carácter incondicionado, a Ayuntamientos la actividad global de los mismos, se publican las siguientes bases. PLAN PROVINCIAL DE CONCERTACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL 2018 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL PRIMERO.- El presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Teruel del ejercicio 2018 ha previsto la cantidad de 4.100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 4591 46214, en la que se prevé la aprobación de un Plan Provincial de Concertación Económica Municipal. Sus destinatarios serán los municipios de la provincia de Teruel. Este Plan tiene carácter incondicionado, pudiendo las entidades locales beneficiarias destinar su importe para financiar globalmente la actividad de las mismas. SEGUNDO.- La distribución de la financiación del presente Plan provincial se efectuará de conformidad con las normas que a continuación se determinan. 1.- MUNICIPIOS DE TERUEL, ALCAÑIZ Y ANDORRA.
Municipio Porcentaje Subvención TERUEL (Barrios rurales) 1,00% 41.000,00 ALCAÑIZ 2,20% 90.200,00 ANDORRA 1,50% 61.500,00 La asignación de los porcentajes de este apartado atiende a la diversidad demográfica de la provincia de Teruel, en aras a que la diferencia de población entre los municipios más grandes y los más pequeños no distorsione un reparto equitativo. En el caso de Teruel, la ayuda del 1% no se corresponde con la población total dado que solo se deben atender las inversiones en los núcleos rurales de la ciudad. En los otros dos casos se otorga un porcentaje fijo en atención a la proporción respecto al resto de municipios de la provincia. 2.- RESTO DE MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES. Deducida a la cantidad inicial del Plan de Concertación 2018, las cantidades a que se refiere el apartado anterior, es decir 4.100.000,00 euros – 192.700,00 euros, obtendremos la cantidad final a distribuir entre el resto de municipios y entidades locales: 3.907.300,00 euros. 2.1.- UN FIJO POR MUNICIPIO O ENTIDAD LOCAL: El 35% de 3.907.300,00 euros se destinará a repartir una cantidad fija para cada una de las entidades a subvencionar. Así obtendremos la cantidad de 1.367.555,00 euros, que dividida por el número de municipios de la provincia exceptuados los del punto “1.-”, ofrece una cantidad fija de 5.844,25 euros. 2.2.- POR NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Se atenderá al número de núcleos de población de municipios o entidades locales, asignándoles una cantidad de acuerdo al número de núcleos, según la siguiente tabla:
Núcleos de población Importe 1 entidad 1.435,00 Entre 2 y 3 entidades 2.870,00 Entre 4 y 6 entidades 4.305,00 Más de 6 entidades 5.760,00 2.3.- POR POBLACIÓN. Para aplicar este criterio de valoración se atenderá a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero 2017 con efectos del 31 de diciembre de 2017, aprobadas por Real Decreto 1039/2017 de 15 de diciembre y publicado en el BOE de 29 de diciembre de 2017. Para obtener la cantidad a distribuir por criterios de población, se deducirá a la cantidad total del Plan de Concertación, las cantidades distribuidas en los puntos “1.-”, “2.1.-” y “2.2.-”. Dicha cantidad será distribuida de acuerdo a los siguientes criterios: 2.3.1.- CANTIDAD FIJA POR HABITANTE. De la cantidad obtenida anteriormente, se distribuirá el 15% entre el número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto “1.-”. Así, la cantidad a repartir por habitante será de 4,85. 2.3.2.- TRAMOS DE POBLACIÓN. El 85% restante se distribuirá por tramos de población, atendiendo al número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto “1.-”, de acuerdo a la siguiente tabla:
Tramo de habitantes Importe Hasta 25 habitantes 1.556,00 De 26 a 50 habitantes 1.955,00 De 51 a 75 habitantes 3.200,00 De 76 a 100 habitantes 4.760,00 De 101 a 250 habitantes 7.855,00 De 251 a 500 habitantes 13.360,00 De 501 a 1.000 habitantes 18.860,00 De 1.001 a 1.500 habitantes 21.900,00 De 1.501 a 2.500 habitantes 26.650,00 De 2.501 a 4.000 habitantes 29.410,00 Más de 4.000 habitantes 33.917,50 La asignación final a cada municipio o entidad local, atendiendo a los criterios de distribución queda reflejada en el listado adjunto incluido como ANEXO 1. TERCERO.- Se transferirá de manera inmediata, una vez aprobado el Plan, a las entidades locales beneficiarias el importe de la financiación provincial indicada en el citado anexo. CUARTO.- La entidad local beneficiaria deberá justificar este plan de concertación mediante certificación emitida por el secretario-Interventor / interventor de la Corporación, con el visto bueno de su presidente, que acredite que la aportación provincial del Plan se ha aplicado al estado ingresos del presupuesto de la entidad local en el ejercicio 2018, en el modelo normalizado que se adjunta a este acuerdo. El plazo para justificar será de tres meses desde el día siguiente a la publicación de este Plan en el BOP TE, debiendo presentar el justificante en el Servicio de Planes Provinciales a través de la plataforma electrónica de esta Excma. Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante certificado de persona jurídica en representación de la entidad local peticionaria. QUINTO.- Procederá el reintegro de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora, desde el momento de la percepción de los fondos, en el caso de incumplimineto de la obligación de justificación. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser cobradas con arreglo a los procedimientos establecidos legalmente. SEXTO.- Facultar a la Presidencia de la Corporación tan ampliamente como en derecho proceda, para adoptar las resoluciones necesarias en orden a la plena efectividad de este acuerdo. SÈPTIMO.- Disponer la publicación de éste acuerdo en el BOPTE para general conocimiento.
MODELO DE JUSTIFICANTE DE INGRESO PLAN DE CONCERTACIÓN
Don/Doña interventor/secretario-interventor del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de (Teruel) CERTIFICA: Que éste Ayuntamiento/Entidad Local Menor ha recibido la cantidad de …........Euros, correspondiente al “Plan Provincial de Concertación Económico Municipal 2018”, aprobado por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de fecha …...............y se ha aplicado al estado de ingresos del presupuesto de este Ayuntamiento/entidad Local en el ejercicio 2018. Y para que así conste ante la Excma. Diputación Provincial de Teruel, se expide la presente certificación con el Visto Bueno del Sr/a. Alcalde-Presidente, en ….. a ….. de ….. de 2018.
Vº Bº el Alcalde-Presidente El Secretario-interventor
Fdo................................. .Fdo...................
ANEXO 1: TABLA REPARTO PLAN CONCERTACIÓN MUNICIPAL DPT 2018
001 Ababuj
9.398,45 002 Abejuela
8.041,85 003 Aguatón
7.492,44 004 Aguaviva
27.280,69 005 Aguilar del Alfambra
9.359,63 006 Alacón
20.533,71 007 Alba
14.596,88 008 Albalate del Arzobispo
42.091,59 009 Albarracín
35.679,78 010 Albentosa
24.746,52 011 Alcaine
9.345,08 012 Alcalá de la Selva
22.429,66 013 Alcañiz
90.200,00 014 Alcorisa
51.329,06 016 Alfambra
27.392,28 017 Aliaga
25.197,76 018 Almohaja
7.487,59 019 Alobras
9.359,63 020 Alpeñés
7.511,85 021 Allepuz
14.325,17 022 Alloza
27.586,36 023 Allueva
7.949,67 024 Anadón
7.930,26 025 Andorra
61.500,00 026 Arcos de las Salinas
14.213,57 027 Arens de Lledó
14.664,81 028 Argente
14.703,62 029 Ariño
28.260,80 031 Azaila
11.074,90 032 Bádenas
7.487,59 033 Báguena
20.747,20 034 Bañón
14.422,21 035 Barrachina
14.286,35 036 Bea
7.944,81 037 Beceite
27.377,73 038 Belmonte de San José
14.247,53 039 Bello
14.883,15 040 Berge
14.888,00 041 Bezas
9.345,08 042 Blancas
14.349,43 043 Blesa
11.074,90 044 Bordón
14.223,27 045 Bronchales
21.339,15 046 Bueña
9.320,82 047 Burbáguena
20.436,67 048 Cabra de Mora
9.354,78 049 Calaceite
32.780,67 050 Calamocha
66.622,69 051 Calanda
53.347,51 052 Calomarde
10.982,71 053 Camañas
14.325,17 054 Camarena de la Sierra
14.262,09 055 Camarillas
11.036,08 056 Caminreal
29.128,11 059 Cantavieja
28.183,17 060 Cañada de Benatanduz
8.003,04 061 Cañada de Verich (La)
11.016,68 062 Cañada Vellida
7.969,07 063 Cañizar del Olivar
11.055,49 064 Cascante del Río
9.398,45 065 Castejón de Tornos
9.345,08 066 Castel de Cabra
14.242,68 067 Castelnou
14.407,65 068 Castelserás
28.697,48 070 Castellar (El)
9.306,26 071 Castellote
33.389,44 071 Cuevas de Cañart
10.997,27 074 Cedrillas
27.668,85 075 Celadas
21.183,88 076 Cella
48.063,64 077 Cerollera (La)
11.079,75 080 Codoñera (La)
20.960,69 082 Corbalán
14.228,12 084 Cortes de Aragón
9.320,82 085 Cosa
10.746,11 086 Cretas
27.479,62 087 Crivillén
9.388,75 088 Cuba (La)
7.973,93 089 Cubla
9.311,11 090 Cucalón
11.045,79 092 Cuervo (El)
11.055,49 093 Cuevas de Almudén
14.368,83 094 Cuevas Labradas
14.310,61 096 Ejulve
14.606,58 097 Escorihuela
14.412,50 099 Escucha
30.569,17 100 Estercuel
14.781,26 101 Ferreruela de Huerva
9.359,63 102 Fonfría
7.944,81 103 Formiche Alto
15.886,32 105 Fórnoles
10.982,71 106 Fortanete
14.684,22 107 Foz-Calanda
20.465,78 108 Fresneda (La)
21.319,74 109 Frías de Albarracín
14.305,76 110 Fuenferrada
9.291,71 111 Fuentes Calientes
14.237,83 112 Fuentes Claras
21.542,94 113 Fuentes de Rubielos
14.242,68 114 Fuentespalda
20.650,16 115 Galve
14.485,28 116 Gargallo
14.189,31 117 Gea de Albarracín
21.009,21 118 Ginebrosa (La)
14.655,10 119 Griegos
14.431,91 120 Guadalaviar
14.868,59 121 Gúdar
10.997,27 122 Híjar
40.728,17 123 Hinojosa de Jarque
15.774,72 124 Hoz de la Vieja (La)
11.021,53 125 Huesa del Común
9.369,34 126 Iglesuela del Cid (La)
21.213,00 127 Jabaloyas
10.809,19 128 Jarque de la Val
9.393,60 129 Jatiel
7.998,19 130 Jorcas
7.954,52 131 Josa
7.954,52 132 Lagueruela
11.011,82 133 Lanzuela
7.930,26 135 Libros
14.199,01 136 Lidón
9.301,41 137 Linares de Mora
21.900,78 138 Loscos
17.243,69 141 Lledó
14.504,69 142 Maicas
7.949,67 143 Manzanera
31.493,50 144 Martín del Río
21.300,33 145 Mas de las Matas
33.906,34 146 Mata de los Olmos (La)
20.524,01 147 Mazaleón
27.338,91 148 Mezquita de Jarque
14.194,16 149 Mirambel
14.276,64 150 Miravete de la Sierra
7.949,67 151 Molinos
14.888,00 152 Monforte de Moyuela
9.354,78 153 Monreal del Campo
44.517,61 154 Monroyo
20.829,69 155 Montalbán
35.273,42 156 Monteagudo del Castillo
9.291,71 157 Monterde de Albarracín
9.345,08 158 Mora de Rubielos
40.087,70 159 Moscardón
9.320,82 160 Mosqueruela
27.411,69 161 Muniesa
27.761,04 163 Noguera de Albarracín
14.349,43 164 Nogueras
7.935,11 165 Nogueruelas
14.723,03 167 Obón
8.012,74 168 Odón
14.752,14 169 Ojos Negros
22.546,10 171 Olba
20.540,67 172 Oliete
20.936,43 173 Olmos (Los)
14.291,20 174 Orihuela del Tremedal
21.596,31 175 Orrios
14.315,46 176 Palomar de Arroyos
14.519,25 177 Pancrudo
17.146,64 178 Parras de Castellote (Las)
10.775,23 179 Peñarroya de Tastavins
21.441,04 180 Peracense
9.408,16 181 Peralejos
11.026,38 182 Perales del Alfambra
16.206,55
183 Pitarque
11.011,82
184 Plou
8.017,59
185 Pobo (El)
14.325,17
187 Portellada (La)
14.892,85
189 Pozondón
9.306,26
190 Pozuel del Campo
9.383,89
191 Puebla de Híjar (La)
30.719,58
192 Puebla de Valverde (La)
21.421,63
193 Puertomingalvo
14.266,94
194 Ráfales
14.407,65
195 Rillo
12.485,64
196 Riodeva
14.422,21
197 Ródenas
9.345,08
198 Royuela
14.713,33
199 Rubiales
9.296,56
200 Rubielos de la Cérida
7.983,63
201 Rubielos de Mora
27.741,63
203 Salcedillo
7.482,74
204 Saldón
7.925,41
205 Samper de Calanda
28.687,78
206 San Agustín
14.334,87
207 San Martín del Río
14.451,32
208 Santa Cruz de Nogueras
7.983,63
209 Santa Eulalia
32.756,41
210 Sarrión
34.637,80
211 Segura de los Baños
8.007,89
212 Seno
7.993,33
213 Singra
10.987,56
215 Terriente
15.997,92
216 Teruel
41.000,00
217 Toril y Masegoso
9.374,96
218 Tormón
7.964,22
219 Tornos
14.776,41
220 Torralba de los Sisones
14.485,28
221 Torrecilla de Alcañiz
21.271,22
222 Torrecilla del Rebollar
15.794,13
223 Torre de Arcas
11.006,97
224 Torre de las Arcas
7.935,11
225 Torre del Compte
14.330,02
226 Torrelacárcel
14.519,25
227 Torre los Negros
11.021,53
228 Torremocha de Jiloca
14.218,42
229 Torres de Albarracín
14.562,92
230 Torrevelilla
14.630,84
231 Torrijas
7.988,48
232 Torrijo del Campo
21.373,11
234 Tramacastiel
10.804,34
235 Tramacastilla
14.218,42
236 Tronchón
9.379,04
237 Urrea de Gaén
21.441,04
238 Utrillas
51.313,30
239 Valacloche
7.511,85
240 Valbona
14.577,47
241 Valdealgorfa
27.770,74
243 Valdecuenca
7.978,78
244 Valdelinares
11.036,08
245 Valdeltormo
20.650,16
246 Valderrobres
43.838,32
247 Valjunquera
20.858,80
249 Vallecillo (El)
8.037,00
250 Veguillas de la Sierra
7.492,44
251 Villafranca del Campo
20.606,49
252 Villahermosa del Campo
11.060,34
256 Villanueva del Rebollar de la Sierra
8.007,89
257 Villar del Cobo
14.548,36
258 Villar del Salz
9.330,52
260 Villarluengo
15.954,25
261 Villarquemado
28.949,79
262 Villarroya de los Pinares
14.451,32
263 Villastar
27.135,12
264 Villel
20.805,43
265 Vinaceite
20.475,49
266 Visiedo
14.354,28
267 Vivel del Río Martín
10.823,75
268 Zoma (La)
7.487,59
TOTAL
4.100.000,00
Teruel, a 10 de abril de 2018.- El Presidente, Fdo.: Ramón Millán Piquer.- El Secretario General Acctal., Fdo.: Miguel A. Abad Meléndez