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Plan Provincial de Concertación Económica Municipal 2018

Publicado el 12/04/2018 (Nº 70)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Excma. Diputación Provincial de Teruel

Texto completo:

Planes Provinciales

INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE CONCERTACIÓN MUNICIPAL 2018 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL. De conformidad con el Acuerdo de Pleno de esta Corporación Provincial de fecha 28 de Marzo de 2018, sobre aprobación del Plan Provincial de Concertación Económica Municipal 2018 para la financiación, con carácter incondicionado, a Ayuntamientos la actividad global de los mismos, se publican las siguientes bases. PLAN PROVINCIAL DE CONCERTACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL 2018 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL PRIMERO.- El presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Teruel del ejercicio 2018 ha previsto la cantidad de 4.100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 4591 46214, en la que se prevé la aprobación de un Plan Provincial de Concertación Económica Municipal. Sus destinatarios serán los municipios de la provincia de Teruel. Este Plan tiene carácter incondicionado, pudiendo las entidades locales beneficiarias destinar su importe para financiar globalmente la actividad de las mismas. SEGUNDO.- La distribución de la financiación del presente Plan provincial se efectuará de conformidad con las normas que a continuación se determinan. 1.- MUNICIPIOS DE TERUEL, ALCAÑIZ Y ANDORRA.

Municipio Porcentaje Subvención TERUEL (Barrios rurales) 1,00% 41.000,00 ALCAÑIZ 2,20% 90.200,00 ANDORRA 1,50% 61.500,00 La asignación de los porcentajes de este apartado atiende a la diversidad demográfica de la provincia de Teruel, en aras a que la diferencia de población entre los municipios más grandes y los más pequeños no distorsione un reparto equitativo. En el caso de Teruel, la ayuda del 1% no se corresponde con la población total dado que solo se deben atender las inversiones en los núcleos rurales de la ciudad. En los otros dos casos se otorga un porcentaje fijo en atención a la proporción respecto al resto de municipios de la provincia. 2.- RESTO DE MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES. Deducida a la cantidad inicial del Plan de Concertación 2018, las cantidades a que se refiere el apartado anterior, es decir 4.100.000,00 euros – 192.700,00 euros, obtendremos la cantidad final a distribuir entre el resto de municipios y entidades locales: 3.907.300,00 euros. 2.1.- UN FIJO POR MUNICIPIO O ENTIDAD LOCAL: El 35% de 3.907.300,00 euros se destinará a repartir una cantidad fija para cada una de las entidades a subvencionar. Así obtendremos la cantidad de 1.367.555,00 euros, que dividida por el número de municipios de la provincia exceptuados los del punto “1.-”, ofrece una cantidad fija de 5.844,25 euros. 2.2.- POR NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Se atenderá al número de núcleos de población de municipios o entidades locales, asignándoles una cantidad de acuerdo al número de núcleos, según la siguiente tabla:

Núcleos de población Importe 1 entidad 1.435,00 Entre 2 y 3 entidades 2.870,00 Entre 4 y 6 entidades 4.305,00 Más de 6 entidades 5.760,00 2.3.- POR POBLACIÓN. Para aplicar este criterio de valoración se atenderá a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero 2017 con efectos del 31 de diciembre de 2017, aprobadas por Real Decreto 1039/2017 de 15 de diciembre y publicado en el BOE de 29 de diciembre de 2017. Para obtener la cantidad a distribuir por criterios de población, se deducirá a la cantidad total del Plan de Concertación, las cantidades distribuidas en los puntos “1.-”, “2.1.-” y “2.2.-”. Dicha cantidad será distribuida de acuerdo a los siguientes criterios: 2.3.1.- CANTIDAD FIJA POR HABITANTE. De la cantidad obtenida anteriormente, se distribuirá el 15% entre el número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto “1.-”. Así, la cantidad a repartir por habitante será de 4,85. 2.3.2.- TRAMOS DE POBLACIÓN. El 85% restante se distribuirá por tramos de población, atendiendo al número de habitantes de los municipios y entidades locales de la provincia de Teruel, excluidos los municipios del punto “1.-”, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tramo de habitantes Importe Hasta 25 habitantes 1.556,00 De 26 a 50 habitantes 1.955,00 De 51 a 75 habitantes 3.200,00 De 76 a 100 habitantes 4.760,00 De 101 a 250 habitantes 7.855,00 De 251 a 500 habitantes 13.360,00 De 501 a 1.000 habitantes 18.860,00 De 1.001 a 1.500 habitantes 21.900,00 De 1.501 a 2.500 habitantes 26.650,00 De 2.501 a 4.000 habitantes 29.410,00 Más de 4.000 habitantes 33.917,50 La asignación final a cada municipio o entidad local, atendiendo a los criterios de distribución queda reflejada en el listado adjunto incluido como ANEXO 1. TERCERO.- Se transferirá de manera inmediata, una vez aprobado el Plan, a las entidades locales beneficiarias el importe de la financiación provincial indicada en el citado anexo. CUARTO.- La entidad local beneficiaria deberá justificar este plan de concertación mediante certificación emitida por el secretario-Interventor / interventor de la Corporación, con el visto bueno de su presidente, que acredite que la aportación provincial del Plan se ha aplicado al estado ingresos del presupuesto de la entidad local en el ejercicio 2018, en el modelo normalizado que se adjunta a este acuerdo. El plazo para justificar será de tres meses desde el día siguiente a la publicación de este Plan en el BOP TE, debiendo presentar el justificante en el Servicio de Planes Provinciales a través de la plataforma electrónica de esta Excma. Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante certificado de persona jurídica en representación de la entidad local peticionaria. QUINTO.- Procederá el reintegro de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora, desde el momento de la percepción de los fondos, en el caso de incumplimineto de la obligación de justificación. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser cobradas con arreglo a los procedimientos establecidos legalmente. SEXTO.- Facultar a la Presidencia de la Corporación tan ampliamente como en derecho proceda, para adoptar las resoluciones necesarias en orden a la plena efectividad de este acuerdo. SÈPTIMO.- Disponer la publicación de éste acuerdo en el BOPTE para general conocimiento.

MODELO DE JUSTIFICANTE DE INGRESO PLAN DE CONCERTACIÓN

Don/Doña interventor/secretario-interventor del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de (Teruel) CERTIFICA: Que éste Ayuntamiento/Entidad Local Menor ha recibido la cantidad de …........Euros, correspondiente al “Plan Provincial de Concertación Económico Municipal 2018”, aprobado por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de fecha …...............y se ha aplicado al estado de ingresos del presupuesto de este Ayuntamiento/entidad Local en el ejercicio 2018. Y para que así conste ante la Excma. Diputación Provincial de Teruel, se expide la presente certificación con el Visto Bueno del Sr/a. Alcalde-Presidente, en ….. a ….. de ….. de 2018.

Vº Bº el Alcalde-Presidente El Secretario-interventor

Fdo................................. .Fdo...................

ANEXO 1: TABLA REPARTO PLAN CONCERTACIÓN MUNICIPAL DPT 2018

001 Ababuj

9.398,45 002 Abejuela

8.041,85 003 Aguatón

7.492,44 004 Aguaviva

27.280,69 005 Aguilar del Alfambra

9.359,63 006 Alacón

20.533,71 007 Alba

14.596,88 008 Albalate del Arzobispo

42.091,59 009 Albarracín

35.679,78 010 Albentosa

24.746,52 011 Alcaine

9.345,08 012 Alcalá de la Selva

22.429,66 013 Alcañiz

90.200,00 014 Alcorisa

51.329,06 016 Alfambra

27.392,28 017 Aliaga

25.197,76 018 Almohaja

7.487,59 019 Alobras

9.359,63 020 Alpeñés

7.511,85 021 Allepuz

14.325,17 022 Alloza

27.586,36 023 Allueva

7.949,67 024 Anadón

7.930,26 025 Andorra

61.500,00 026 Arcos de las Salinas

14.213,57 027 Arens de Lledó

14.664,81 028 Argente

14.703,62 029 Ariño

28.260,80 031 Azaila

11.074,90 032 Bádenas

7.487,59 033 Báguena

20.747,20 034 Bañón

14.422,21 035 Barrachina

14.286,35 036 Bea

7.944,81 037 Beceite

27.377,73 038 Belmonte de San José

14.247,53 039 Bello

14.883,15 040 Berge

14.888,00 041 Bezas

9.345,08 042 Blancas

14.349,43 043 Blesa

11.074,90 044 Bordón

14.223,27 045 Bronchales

21.339,15 046 Bueña

9.320,82 047 Burbáguena

20.436,67 048 Cabra de Mora

9.354,78 049 Calaceite

32.780,67 050 Calamocha

66.622,69 051 Calanda

53.347,51 052 Calomarde

10.982,71 053 Camañas

14.325,17 054 Camarena de la Sierra

14.262,09 055 Camarillas

11.036,08 056 Caminreal

29.128,11 059 Cantavieja

28.183,17 060 Cañada de Benatanduz

8.003,04 061 Cañada de Verich (La)

11.016,68 062 Cañada Vellida

7.969,07 063 Cañizar del Olivar

11.055,49 064 Cascante del Río

9.398,45 065 Castejón de Tornos

9.345,08 066 Castel de Cabra

14.242,68 067 Castelnou

14.407,65 068 Castelserás

28.697,48 070 Castellar (El)

9.306,26 071 Castellote

33.389,44 071 Cuevas de Cañart

10.997,27 074 Cedrillas

27.668,85 075 Celadas

21.183,88 076 Cella

48.063,64 077 Cerollera (La)

11.079,75 080 Codoñera (La)

20.960,69 082 Corbalán

14.228,12 084 Cortes de Aragón

9.320,82 085 Cosa

10.746,11 086 Cretas

27.479,62 087 Crivillén

9.388,75 088 Cuba (La)

7.973,93 089 Cubla

9.311,11 090 Cucalón

11.045,79 092 Cuervo (El)

11.055,49 093 Cuevas de Almudén

14.368,83 094 Cuevas Labradas

14.310,61 096 Ejulve

14.606,58 097 Escorihuela

14.412,50 099 Escucha

30.569,17 100 Estercuel

14.781,26 101 Ferreruela de Huerva

9.359,63 102 Fonfría

7.944,81 103 Formiche Alto

15.886,32 105 Fórnoles

10.982,71 106 Fortanete

14.684,22 107 Foz-Calanda

20.465,78 108 Fresneda (La)

21.319,74 109 Frías de Albarracín

14.305,76 110 Fuenferrada

9.291,71 111 Fuentes Calientes

14.237,83 112 Fuentes Claras

21.542,94 113 Fuentes de Rubielos

14.242,68 114 Fuentespalda

20.650,16 115 Galve

14.485,28 116 Gargallo

14.189,31 117 Gea de Albarracín

21.009,21 118 Ginebrosa (La)

14.655,10 119 Griegos

14.431,91 120 Guadalaviar

14.868,59 121 Gúdar

10.997,27 122 Híjar

40.728,17 123 Hinojosa de Jarque

15.774,72 124 Hoz de la Vieja (La)

11.021,53 125 Huesa del Común

9.369,34 126 Iglesuela del Cid (La)

21.213,00 127 Jabaloyas

10.809,19 128 Jarque de la Val

9.393,60 129 Jatiel

7.998,19 130 Jorcas

7.954,52 131 Josa

7.954,52 132 Lagueruela

11.011,82 133 Lanzuela

7.930,26 135 Libros

14.199,01 136 Lidón

9.301,41 137 Linares de Mora

21.900,78 138 Loscos

17.243,69 141 Lledó

14.504,69 142 Maicas

7.949,67 143 Manzanera

31.493,50 144 Martín del Río

21.300,33 145 Mas de las Matas

33.906,34 146 Mata de los Olmos (La)

20.524,01 147 Mazaleón

27.338,91 148 Mezquita de Jarque

14.194,16 149 Mirambel

14.276,64 150 Miravete de la Sierra

7.949,67 151 Molinos

14.888,00 152 Monforte de Moyuela

9.354,78 153 Monreal del Campo

44.517,61 154 Monroyo

20.829,69 155 Montalbán

35.273,42 156 Monteagudo del Castillo

9.291,71 157 Monterde de Albarracín

9.345,08 158 Mora de Rubielos

40.087,70 159 Moscardón

9.320,82 160 Mosqueruela

27.411,69 161 Muniesa

27.761,04 163 Noguera de Albarracín

14.349,43 164 Nogueras

7.935,11 165 Nogueruelas

14.723,03 167 Obón

8.012,74 168 Odón

14.752,14 169 Ojos Negros

22.546,10 171 Olba

20.540,67 172 Oliete

20.936,43 173 Olmos (Los)

14.291,20 174 Orihuela del Tremedal

21.596,31 175 Orrios

14.315,46 176 Palomar de Arroyos

14.519,25 177 Pancrudo

17.146,64 178 Parras de Castellote (Las)

10.775,23 179 Peñarroya de Tastavins

21.441,04 180 Peracense

9.408,16 181 Peralejos

11.026,38 182 Perales del Alfambra

16.206,55

183 Pitarque

11.011,82

184 Plou

8.017,59

185 Pobo (El)

14.325,17

187 Portellada (La)

14.892,85

189 Pozondón

9.306,26

190 Pozuel del Campo

9.383,89

191 Puebla de Híjar (La)

30.719,58

192 Puebla de Valverde (La)

21.421,63

193 Puertomingalvo

14.266,94

194 Ráfales

14.407,65

195 Rillo

12.485,64

196 Riodeva

14.422,21

197 Ródenas

9.345,08

198 Royuela

14.713,33

199 Rubiales

9.296,56

200 Rubielos de la Cérida

7.983,63

201 Rubielos de Mora

27.741,63

203 Salcedillo

7.482,74

204 Saldón

7.925,41

205 Samper de Calanda

28.687,78

206 San Agustín

14.334,87

207 San Martín del Río

14.451,32

208 Santa Cruz de Nogueras

7.983,63

209 Santa Eulalia

32.756,41

210 Sarrión

34.637,80

211 Segura de los Baños

8.007,89

212 Seno

7.993,33

213 Singra

10.987,56

215 Terriente

15.997,92

216 Teruel

41.000,00

217 Toril y Masegoso

9.374,96

218 Tormón

7.964,22

219 Tornos

14.776,41

220 Torralba de los Sisones

14.485,28

221 Torrecilla de Alcañiz

21.271,22

222 Torrecilla del Rebollar

15.794,13

223 Torre de Arcas

11.006,97

224 Torre de las Arcas

7.935,11

225 Torre del Compte

14.330,02

226 Torrelacárcel

14.519,25

227 Torre los Negros

11.021,53

228 Torremocha de Jiloca

14.218,42

229 Torres de Albarracín

14.562,92

230 Torrevelilla

14.630,84

231 Torrijas

7.988,48

232 Torrijo del Campo

21.373,11

234 Tramacastiel

10.804,34

235 Tramacastilla

14.218,42

236 Tronchón

9.379,04

237 Urrea de Gaén

21.441,04

238 Utrillas

51.313,30

239 Valacloche

7.511,85

240 Valbona

14.577,47

241 Valdealgorfa

27.770,74

243 Valdecuenca

7.978,78

244 Valdelinares

11.036,08

245 Valdeltormo

20.650,16

246 Valderrobres

43.838,32

247 Valjunquera

20.858,80

249 Vallecillo (El)

8.037,00

250 Veguillas de la Sierra

7.492,44

251 Villafranca del Campo

20.606,49

252 Villahermosa del Campo

11.060,34

256 Villanueva del Rebollar de la Sierra

8.007,89

257 Villar del Cobo

14.548,36

258 Villar del Salz

9.330,52

260 Villarluengo

15.954,25

261 Villarquemado

28.949,79

262 Villarroya de los Pinares

14.451,32

263 Villastar

27.135,12

264 Villel

20.805,43

265 Vinaceite

20.475,49

266 Visiedo

14.354,28

267 Vivel del Río Martín

10.823,75

268 Zoma (La)

7.487,59

TOTAL

4.100.000,00

Teruel, a 10 de abril de 2018.- El Presidente, Fdo.: Ramón Millán Piquer.- El Secretario General Acctal., Fdo.: Miguel A. Abad Meléndez