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EDICTO:

Publicado el 01/03/2006 (Nº 41)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE TERUEL

Texto completo:

EDICTO:

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

Dª MARIA TERESA MARTÍN BAREA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de TERUEL, HAGO SABER: Que en el procedimiento DEMANDA 4/2006 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. IULIAN CARAMIDARU contra la empresa JOSÉ FRANCISCO FRANCO CASTILLO, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente: PROPUESTA DE PROVIDENCIA DE S.Sª LA SECRETARIO JUDICIAL Dª MARÍA TERESA MARTÍN BAREA En TERUEL, a quince de febrero de dos mil seis. Por presentado el anterior escrito por el Letrado D. ISRAEL FORNER CALVO en representación de la parte actora D. IULIAN CARAMIDARU, únase, se admite a trámite, y a su vista se acuerda: 1º.- Se cita a las partes a los actos de conciliación y en su caso juicio, que tendrá lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencia de este Juzgado de lo Social sito en TERUEL, C/. JOAQUÍN ARNAU 6 BAJO, el día QUINCE DE MARZO DE DOS MIL SEIS, a las DIEZ horas de su mañana. 2º.- Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos al/a los demandado/s. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. 3º.- Según lo preceptuado en el art. 23.2 de la L. P. L. cítese como parte al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL dándole traslado de la demanda a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que le convenga en Derecho. 4º.- Cítese a la empresa demandada mediante EDICTOS que se publicará en el "Boletín Oficial" de la Provincia de Teruel, y en el tablón de anuncios de éste Juzgado, a cuyo efecto líbrense los despachos oportunos. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trata de emplazamiento (Art. 59 de la L. P. L.). 5º.- Se tiene por hechas las manifestaciones de los restantes otrosíes de la demanda. Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo que propongo a S.Sª., para su conformidad CONFORME EL MAGISTRADO-JUEZ LA SECRETARIO JUDICIAL Y para que le sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JOSÉ FRANCISCO FRANCO CASTILLO, en ignorado paradero, expido la presente para su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado de lo Social, e inserción en el "Boletín Oficial" de la Provincia de Teruel. En Teruel a quince de febrero de dos mil seis.-La Secretaria Judicial, María Teresa Martín Barea.