Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EDICTO:

Publicado el 13/03/2006 (Nº 49)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Emisor: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE TERUEL

Texto completo:

EDICTO:

Cédula de notificación

Dª MARÍA TERESA MARTÍN BAREA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de TERUEL, HAGO SABER: Que en el procedimiento DEMANDA 336/05 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. ALBERTO GRACIA CARBÓ contra la empresa ATEX COURRIER, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente SENTENCIA, cuyo FALLO es del siguiente tenor literal: "Que estimando la demanda interpuesta por D. ALBERTO GRACIA CARBÓ, frente a las mercantiles ATEX COURRIER, S.L. Y TERUEL COURRIER, S.L., debo DECLARAR como DECLARO, la improcedencia del despido del trabajador demandante , CONDENANDO como CONDENO a las compañías mercantiles demandadas a la readmisión del trabajador, en las mismas condiciones en que se encontraba a la fecha del despido, pudiendo optar, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión o proceder a indemnizarle en la suma de 14.328 euros brutos, cuyo cálculo se ha explicitado en el Razonamiento Jurídico Tercero de la presente. Y, en cualquier caso deberá así mismo satisfacer al trabajador, los salarios dejados de percibir, desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente, en base a 1.200 euros mensuales brutos. Así por esta mi Sentencia definitivamente juzgando, en esta instancia, lo pronuncio mando y firmo". Y para que le sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ATEX COURRIER, S.L. en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el "Boletín Oficial" de la Provincia de Teruel, con la advertencia de que la SENTENCIA no es firme y que frente a ella pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia de Aragón, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de esta sentencia, por escrito o en comparecencia y es indispensable, si el recurrente es el empresario y no goza del beneficio de justicia gratuita, que acompañe el resguardo acreditativo de haber consignado el importe de la condena en el GRUPO BANESTO (0030) Oficina (8016) sita en C/ San Juan de Teruel, y en la cuenta nº 4265-0000-65-033605, y que deposite 150,25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado nº 4265-0000-69-033605 del citado banco. Ambos ingresos deberán efectuarse por separado. En Teruel a veintiocho de febrero de dos mil seis. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.-El Secretario Judicial, María Teresa Martín Barea.